REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 21 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000107
ASUNTO : XP01-P-2006-000107

Celebrada como ha sido la Audiencia Oral, en fecha 21-03-2.0060, en virtud de haberse vencido el lapso de presentación del respectivo ACTO CONCLUSIVO por parte del Ministerio Publico, por lo que procede a imponer este despacho Medida Cautelares Sustitutivas, a favor del imputado: ESPARTACO RAFAEL MEJIAS BARRIOS; por estar incurso en el delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 452 numeral 8 y en concordancia con el articulo 80 y 82 y articulo 277 todos del Código Penal; por lo que este Juzgado, motiva por auto separado los fundamentos de hecho y de derecho que proceden para imponer las medidas cautelares de los imputados antes identificados en base a las siguientes consideraciones:

PRIMERO: De acuerdo al escrito de presentación, de fecha 29-01-2.006, presentado por el Abg. JORGE RAMIREZ, Fiscal Primero del Ministerio Público, todo ello en virtud: ...” En esta misma fecha 29-01-2.006, se recibió oficio Nº 183, de fecha 20-01-2.006, procedente del Comando de la División de Inteligencia e Investigaciones Penales de la Comandancia General de la Policía del Estado Amazonas,… remitiendo Acta de Denuncia,… donde aparece como agraviado el ciudadano HECTOR JOSE TORREALBA,…y en las cuales figuran las actuaciones realizadas por efectivos adscritos a esa Comandancia, en relación a la detención del ciudadano: ESPARTACO RAFAEL MEJIAS BARRIOS,…quien fue aprehendido aproximadamente a las nueve de la noche del día 28-01-2.006,… en las inmediaciones de la avenida Orinoco de esta ciudad, en presencia de un ciudadano que sirvió de testigo…cuando dichos funcionarios efectuando labores de patrullaje, se trasladaban por la Avenida Orinoco específicamente frente al Bar El Sol, cuando observaron que un sujeto trataba de despojar a un ciudadano de su bicicleta, procediendo a efectuar su detención…quedando identificado el aprehendido como ESPARTACO RAFAEL MEJIAS BARRIOS…
…, considera esta Representación Fiscal que la conducta del ciudadano: ESPARTACO RAFAEL MEJIAS BARRIOS, consistente en helecho de haberse apoderado sin el consentimiento de su dueño de una bicicleta que el ciudadano HECTOR JOSE TORREALBA, había dejado estacionada en La parte de enfrente de la acera del Bar El Sol, ubicado en la Avenida Orinoco de esta ciudad,…podría enmarcarse inicialmente en la presunta comisión de los delitos de HUTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 452, numeral 8° del Código Penal, en concordancia con los artículo 80 y 82 ejusdem, en perjuicio del ciudadano HECTOR JOSE TORREALBA; y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del mismo Código Penal, en perjuicio del Orden Publico, por lo que presento al mencionado imputado…
Por lo antes expuesto, solicito muy respetuosamente:
PRIMERO: Se determine la CALIFICACION DE LA APREHENSION EN FLAGRANCIA Y LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal…,
SEGUNDO: Se decrete LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado ESPARTACO RAFAEL MEJIAS BARRIOS, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal… “


SEGUNDO: Revisadas como han sido las actas existentes en la presente causa, en la cual se evidencia que no consta el escrito de Acto Conclusivo por parte de la Representación Fiscal, y en virtud de ello y de conformidad a lo establecido en el articulo 250 en su 5° aparte del Código Orgánico Procesal Penal se procede a imponerle la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA de acuerdo a lo establecido en el artículo 256 numerales 3°, 4°, 5° y 6° al imputado antes identificado; en perjuicio del ciudadano HECTOR JOSE TORREALBA. Dicha medida consiste en: 1.- la presentación los días Lunes y Viernes, por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, a partir de las 8:30 p.m. a las 4:30 p.m. 2.- La prohibición de salir del Estado y del País sin la autorización del Tribunal. 3.-La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o lugares relacionados con la victima. 4.- Prohibición de acercarse a la víctima.-
En consecuencia, este Juzgado Primero de Control de Primera Instancia Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS al imputado ESPARTACO RAFAEL MEJIAS BARRIOS; por el delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 8 en concordancia con el artículo 80 y 82, articulo 277 todos del Código Penal; en perjuicio del ciudadano HECTOR JOSE TORREALBA; de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3º, 4°, 5°, 6° del Código Orgánico Procesal Penal. - Así se decide.-
La Jueza Primera de Control.

Abg. América Alejandra Vivas H.
La Secretaria.

Abg. Prisci Perlay Acosta. En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria.


Abg. Prisci Perlay Acosta.