REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, EN SU NOMBRE, EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTACIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. A los dieciocho (18) días del mes de Mayo de 2006, a los 196° año de la Independencia y 147° de la Federación. Cumplido los Trámites de Sustanciación y Mediación, y siendo la oportunidad para decidir, como lo hace este Tribunal en esta misma fecha.

ASUNTO: TIS1-S07-06
PARTE ACTORA: TOMAS ALFREDO CABEZA IDROGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.600.383.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogados EDGAR RODRÍGUEZ MORA, ANTONIO REYES SÁNCHEZ Y ANA ELIZABETH REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades N° V-2.940.700, V-1.759.454 y V-14.891.453, e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 7.053, 6.217 y 118.296.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA SANTA CRUZ C.A. Representada por los ciudadanos: OCTAVIO GONZÁLEZ SNAIDERO Y MELANIE B. DE GONZÁLEZ, venezolanos, titulares de las cedulas de identidades N° V- 8.903.965 y V-8.641.914.
APODERADO JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Abogadas FRANCIS NATHALY AZEVEDO Y ADTHERELIVMAR GUTIÉRREZ, Venezolana, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 10.379.379 y V- 12.451.231, e inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros. 116.872 y 71.754.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
SENTENCIA: DEFINITIVA
(SE DECLARA TERMINADO EL PRESENTE JUICIO)
Vista la transacción de fecha 15-05-2006, suscrita por las abogadas: ANA ELIZABETH REYES y FRANCIS NATHALY AZEVEDO, ambas identificadas en autos, en donde solicita a este tribunal que homologue la presente transacción, que una vez homologada, entregue a las partes copias certificadas de las misma, y declare terminado el juicio en virtud que le fue cancelado a la parte actora todas sus pretensiones. Por los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECRETA: Primero: La homologación de la Transacción presentada por las partes, considerando el presente asunto como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.
Segundo: Entréguese a las partes copias certificadas de la transacción como de la presente sentencia.
Tercero: La remisión del presente expediente mediante oficio , dirigido a la Coordinación Judicial de esta Coordinación del Trabajo del Estado Amazonas a los fines de su archivo judicial, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 6, y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concatenación con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los dieciocho (18) días del mes de Mayo del año dos mil seis (2006).


Publíquese, regístrese y déjese copias certificada de la presente decisión.

DIOS Y FEDERACION



Abog. Misael Antonio Corredor Bracamonte
Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y
Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.

SECRETARIO

Abog. Mario Magin

Nota: se deja expresa constancia que, en horas de despacho del mismo día de hoy, jueves dieciocho (18) de mayo de dos mil seis (2006), siendo las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.) se diarizó y público la anterior decisión.
SECRETARIO

Abog. Mario Magin

Exp. N°: TIS1-S07-06