REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 31 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000386
ASUNTO : XP01-P-2006-000386


AUTO DE SOBRESEIMIENTO.-

La presente causa se inicia en fecha 18-01-2.002, por procedimiento realizado por una Comisión de efectivos de la Guardia Nacional en cumplimiento del Plan de Seguridad Ciudadana, puesto que se tenía la información no confirmada que en el sector conocido como FELIX SOLANO, pues se tenía información no confirmada que en el lugar se encontraban algunas familias con la intención de invadir estos terrenos, adyacentes a un área protegida por la Ley Penal del Ambiente, al llegar al sitio ingresaron por la parte posterior del Estadio FELIX SOLANO, y se percataron de la presencia de un grupo aproximado de 25 personas entre adultos y niños … procediendo a identificar a los adultos como : NANCY CARRASQUEL CIV-8.948.369, CARLOS CAMICO CIV-13.964.281, JESUS RODRIGUEZ CIV-13.714.955, ANDRES RAMON CIV-15.304.440, PAVA HUMBERTO CIV-15.955.272, WILLLIAMS RIO CIV-10.659.931,ROSA RODRIGUEZ CIV-6.616.374, LAYA RAMON CIV-14.365.287, NATALY PARRA CIV-18.242.750,OMAIRA ROJAS HERRERA CIV-8.912.256, CAÑA CARMEN JULIA CIV-8.908.523, JOSE CELIS CIV-3.799.909, ISABEL HERRERA CIV-8.914.557,EUGENIA GARCIA ISABEL CIV- 10.665.245, ELSA GONZALEZ CIV-15.499.026, RO SA ADELA PANTOJAS CIV-8.907.546, VALBUENA MAURO CIV-16.747.417, LISBET MARILI TRVASILO CIV-17.105.182,…
En fecha 20-05-2.005, se envió Oficio AMZ-F7-473-2.005, al T/Cnel (GN) Carlos Eduardo Márquez Arias Comandante del Destacamento de Fronteras Nº 91 de la Guardia Nacional de Venezuela, lo oportunidad de solicitar… que en un lapso no mayor de 72 horas, a partir de recibido el presente oficio, se sirva remitir esa Representación Fiscal, en el estado en que se encuentra el caso N° 02-FS-099-02,…
En esa misma fecha se remitió oficio N° AMAZ-F7-474-2.005 al Gral. /B. (G.N.) Juan Romero Figueroa, Comandante del Comando Regional Nº 9 de la Guardia Nacional de Venezuela, para solicitarle se sirva de designar al Teniente Puentes Arellano Jesús Beltrán, a fin de que realice Inspecciones técnica en el sector ubicado detrás del Estadio San Félix Solano, específicamente al margen del afluente de agua que es parte del morichal.
En fecha 20-09-2.005, se recibió Informe Técnico Ambiental emanado del Jefes del Departamento de Guardería Ambiental del Comando Regional Nº 9; “…De dicho informe se desprendieron las siguientes características:
Impacto Ambiental Negativo (Análisis):
Durante el recorrido, no se observo rastros de la comisión de actividades susceptibles de agradar al ambiente: quemas, talas, deforestaciones, ocupaciones ilegales de ABRAES, vertido ilícito de sustancias peligrosas, entrabamiento de las aguas; es decir, no se encuentra afectado en los actuales momentos, verificándose el curso normal del curso de las aguas del sistema Morichal…”
En fecha 29-04-2.006, la Abg. NORA L. ECHAVEZ, en su carácter de Fiscal Séptimo en Materia de Defensa Ambiental y Delito Ambiental del Ministerio Publico, presenta escrito en el cual solicita sea decretado el Sobreseimiento de la presente causa que conforman la presente investigación, iniciada con ocasión del Acta Policial presentada por el Destacamento de Fronteras Nº 91 de la Guardia Nacional del Municipio Atures, Puerto ayacucho en fecha 18Ene.2.002 (copia), formulada por la presunta ocupación, contaminación y daños ambientales ocasionados por la ocupación de un determinado grupo de personas en el sistema Morichal en el sector conocido como Escondido I detrás de la Escuela Félix Solano, todo de conformidad con el articulo 318 Numeral Primero del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en delito no se cometió, ya que así se evidenció del informe Técnico, practicado por el Jefe del Departamento de Guardería Ambiental del Comando Regional N° 9 de la Guardia Nacional.-

En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL CON FUNCIONES DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, En Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA: SOBRESEIMIENTO en la presente causa de conformidad a lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el hecho objeto del proceso no se realizó.- ASI SE DECIDE.- Notifíquese de la presente decisión a las partes.-
La Jueza Primera de Control.

Abg. América Alejandra Vivas H.-
La Secretaria.-


Abg. Prisci Perlay Acosta

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria.

Abg. Prisci Perlay Acosta