REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 25 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2004-000038
ASUNTO : XP01-P-2004-000038


ACTUALIZACIÓN DE CÓMPUTO PENITENCIARIO POR REDENCIÓN DE PENA

El Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, condenó al Ciudadano PEDRO CECILIO SALAZAR CORTEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.924.253, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS (04) DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 numeral 6° del Código Penal.
Luego, mediante auto de fecha 09 de marzo de 2005, ese Tribunal decretó la ejecución de la dicha sentencia firme, de conformidad con el encabezamiento del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, del cómputo respectivo se determina que el referido penado ha permanecido detenido desde el 25-02-04 hasta la presente fecha durante el lapso de DOS AÑOS, TRES MESES, es decir, que ha cumplido más de la mitad de la pena impuesta, requisito indispensable para computarle, efectivamente, el tiempo redimido (Art. 508 del COPP).

Ahora bien, vista el Acta N° 2 de fecha 10 de abril de 2006 emanado de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa del Internado Judicial de San Fernando de Apure, sitio de reclusión del penado, donde se le redime efectivamente de su pena el lapso TRES MESES Y CINCO DÍAS, se tiene como nueva fecha del término de la misma, el 20 de noviembre de 2007.
Y ASÍ SE DECIDE.-

Notifíquese y publíquese la presente decisión. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
El Juez Ejecutor de Sentencias.

Abg. Alberto Valdez
La Secretaria.

Abg. Margelys Casanova
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria.

Abg. Margelys Casanova