REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO N° 02
Puerto Ayacucho, 23 de Mayo de 2006.
196° y 147°

Transcurrido como ha sido el lapso de colocación familiar otorgado mediante sentencia interlocutoria de fecha 09 de noviembre de 2.005, y en vista de que aún no consta en autos la manifestación de voluntad del ciudadano OSCAR BOLÍVAR, indocumentado, y estando como se encuentra el niño (identidad omitida), bajo medida de colocación familiar en el hogar de la ciudadana CARMEN LUISA LÓPEZ ALIZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°-V-8.087.314, domiciliada en la Urb. Escondido III, calle N° 2, casa N° 2, a una cuadra de Abastos Sandy, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley; de conformidad con el artículo 131 de la Ley orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, prolonga la medida de COLOCACIÓN FAMILIAR a favor del niño (…), en el hogar de la ciudadana antes identificada, por el lapso de seis (06) meses, contados a partir de la presente fecha, a los fines de garantizar el derecho del niño a permanecer en el seno de una familia. Notifíquese a la Trabajadora social y a la ciudadana CARMEN LUISA LÓPEZ ALIZO. Cúmplase lo ordenado.

Abog°. Francisco Javier Lara


Juez Unipersonal N° 02 (Temporal) de la Sala de
Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del
Adolescente de la Circunscripción Judicial
del Estado Amazonas
Abog° Tahis Díaz Lugo.

La Secretaria de la Sala
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el anterior auto.
Abog° Tahis Díaz Lugo.

La Secretaria de la Sala
EXP. N° 2.734.-
FJL/TDL/LUIS E.