REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 4 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000713
ASUNTO : XP01-P-2006-000713


Celebrada como ha sido la audiencia en fecha 29-09-2.006, con motivo de consideración de solicitud de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad a lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; presentada por el Abg. Oswaldo Perero, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, en contra del ciudadano LUIS ALFREDO SUAREZ, quien se encuentra incurso en la comisión del delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES y ECOSISTEMAS NATURALES; DEGRADACION DE SUELO, TOPOGRAFIA Y PAISAJE, previsto y sancionado en los artículos 43 y 58 DE LA Ley Penal del Ambiente con el aumento de Penalidad del artículo 13 ejusdem y el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, por lo que este Juzgado motiva por auto separado los fundamentos de hecho y de derecho que proceden en base a las siguientes consideraciones:

PRIMERO: De acuerdo al escrito de PRESENTACION realizado por el Abg. Oswaldo Perero, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Publico en el cual expone: “…En fecha 27 de Septiembre del año 2.006, siendo las 4:10 horas de la tarde, se recibió Oficio…, procedente del Destacamento de Comandos Rurales N° 99 del Comando Regional Nº 9 de la Guardia Nacional de Venezuela, mediante el cual remite las actuaciones realizadas… por efectivos de ese Cuerpo de Investigaciones, en ocasión de perpetrarse uno de los delitos tipificados en la Ley Penal del ambiente.
…el ciudadano quedo identificado de la siguiente manera: LUIS ALFREDO SUAREZ,…,
En virtud de haber sido aprehendidos en fecha 24 de Septiembre del presente año, por funcionarios adscritos al Destacamento de Comandos Rurales Nº 99 del Comando Regional Nº 9 de la Guardia Nacional de Venezuela, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar del ACTA POLICIAL que se anexa, en donde se deja constancia…
De acuerdo al Acta Policial, se puede evidenciar que este ciudadano extranjero LUIS ALFREDO SUAREZ,… se encontraban dentro de un Área Bajo Régimen de Administración Especial, específicamente en el sector Mina Piedra, ubicado en el Parque Nacional YAPACANA, que forma parte de un Área Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), en donde existe una gran reserva de flora y fauna, además de reserva de aguas. Igualmente los funcionarios actuantes le consiguieron en su poder tres (03) surucas, en el bolsillo derecho del pantalón se le consiguió un (01) frasco de plástico donde tenia una cantidad de aproximadamente dos rayas de presunto material aurífero (oro), y en el bolsillo izquierdo se le consiguió un (01) envase de plástico color blanco que contenía presunto componente químico llamado Mercurio, utilizado para la extracción de dicho material aurífero, manifestando el referido ciudadano que en el sector se encontraban dos (02) máquinas trabajando y que eran de un señor de nacionalidad colombiana apodado BULLARANGA quien alerto a los otros mineros,…ya que tiene un (01) radio que le comunica con Puerto inirida, Colombia, San Fernando de Atabapo, y la comunidad de Cárida; siendo destruidas las máquinas encontradas, asimismo también se consiguió materiales utilizados en la práctica de la minería dos (02) palas, dos (02) mangueras y dos (02) caracoles, lo que deja plenamente evidenciado que estaba degradando el ambiente para la extracción del material aurífero, por cuanto la corteza vegetal del estado amazonas es rico en Ditonito de Sodio (oro)…
Por lo antes expuesto, es por lo que solicito muy respetuosamente ciudadano Juez, se le DECRETE LA APREHENSION EN FLAGRANCIA, de conformidad con el articulo 248 en concordancia con el articulo 373 y siguientes …solicitando la aplicación del Procedimiento Ordinario y les sea decretada PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano LUIS ALFREDO SUAREZ, por estar incurso en los delitos de DEGRADACION DE SUELO, TOPOGRAFIA Y PAISAJE y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES , previsto y sancionado en los artículos 43 y 58 DE LA Ley Penal del Ambiente, y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal…

SEGUNDO: Vistas y analizadas como han sido las actas existentes en la presente causa, en la cual se evidencia:
a.-Existe la comisión de hechos punibles como lo son los delitos DEGRADACION DE SUELO, TOPOGRAFIA Y PAISAJE y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES , previsto y sancionado en los artículos 43 y 58 DE LA Ley Penal del Ambiente y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, y el cual no se encuentra evidentemente prescrito, por cuanto los hechos sucedieron en fecha 24-09-2.006,
b.- Si bien es cierto que en el escrito de presentación realizado por la Representación del Ministerio Publico no es menos cierto que en la declaración del imputado señala que fue objeto de maltratos por parte de los funcionarios actuantes, por lo que no existen suficientes elementos de convicción para estimar que el imputado, LUIS ALFREDO SUAREZ, portador de la Cédula de Identidad N° 8.191.043, ha sido autor o participe en la comisión de los hechos punibles por ende, no se encuentran cumplidos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se le impone la Medida Cautelar contemplada en el artículo 256 numeral 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en: 1.- La presentación periódica ante el Comando de la Guardia Nacional de San Fernando de Atabapo, los días Lunes y Viernes de cada semana. 2.- Prohibición de salida del Estado sin la debida autorización del Tribunal.-

TERCERO: Se califica la APREHENSION EN FLAGRANCIA, por cuanto cumple con los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se ordena la continuación del presente asunto por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.-

En consecuencia, este Tribunal Primero de Control de Primera Instancia Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al imputado LUIS ALFREDO SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.191.043, por los delitos de DEGRADACION DE SUELO, TOPOGRAFIA Y PAISAJE y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES , previsto y sancionado en los artículos 43 y 58 DE LA Ley Penal del Ambiente y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal; de conformidad con lo establecido en el articulo 256 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal.- Así se decide.- Líbrese los oficios correspondientes.-
La Juez Primero de Control.,


Abg. América Alejandra Vivas H.
La Secretaria.-


Abg. Prisci Perlay Acosta.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria,


Abg. Prisci Perlay Acosta.-