REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 10 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2005-000307
ASUNTO : XP01-P-2005-000307
LIBERTAD PLENA EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA

En fecha 15-AGOS-2006, el Tribunal Primero de Control de esta Circunscripción Judicial CONDENÓ al acusado FELIX RAFAEL RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Caicara del Orinoco-Estado Bolívar, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.059.988, residenciado en el Barrio Periférico Norte, casa s/n de color azul, Bodega Los Morochos, Puerto Ayacucho-Estado Amazonas; a cumplir con la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el artículo 14 del Código Penal y el articulo 376 en concordancia con el articulo 367 en su ultimo aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de La Colectividad.

Se le dio entrada al Asunto con fecha 28-SEP-2006 y con esta fecha procede este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta: EJECUCION DE LA SENTENCIA impuesta al Ciudadano FELIX RAFAEL RODRIGUEZ, aquí suficientemente identificado, en los siguientes términos:

El penado en cuestión fue aprehendido el 02-JUL-2005, in fraganti, por funcionarios de la Policía Estadal. Luego, el día 05 inmediato subsiguiente fue excarcelado gracias a Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, sujetándolo a presentación ínter diaria, todos los días impares del mes y la prohibición de salir de la ciudad de Puerto Ayacucho, sin la autorización del Tribunal de la Causa.
De manera que desde la fecha de entrada del Asunto a este Tribunal a ésta, cuando cesó el régimen cautelar procesal, ha penado en libertad UN AÑO, TRES MESES, CINCO DÍAS, lapso éste al que se le adiciona DOS DÍAS bajo privación de libertad.

Visto lo cual queda por demás evidente que el penado rebasó con suficiencia el cumplimiento de su pena bajo el régimen de presentaciones prescrito, por lo que este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LIBERTAD PLENA POR EL CUMPLIMIENTO DE SU PENA al ciudadano FELIX RAFAEL RODRIGUEZ, aquí suficientemente identificado, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.-

Notifíquese y publíquese la presente decisión. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-


El Juez Ejecutor de Sentencias.

Abg. Alberto Valdez
La Secretaria

Abg. Margelys Casanova
Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede.
La Secretaria.

Abg. Margelys Casanova