REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

PUERTO AYACUCHO, 05 DE OCTUBRE DE 2006.-
196º Y 147º

Vista la solicitud de Colocación Familiar y sus recaudos recibidos en fecha 03 del mes y año en curso, de la Presidencia de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, y presentada por la ciudadana YBERIA DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°-V-7.076.401, actuando en beneficio del adolescente (Identidad Omitida), de quince (15) años de edad. Désele entrada, anótese en los Libros respectivos y fórmese expediente. Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma contraria al orden Público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley conforme a lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia líbrese oficio al Director General de Información Electoral, con sede en la ciudad de Caracas, a objeto de solicitarle información sobre el último domicilio que registran los ciudadanos RAMÓN ESCALONA DURAN y YNDIRA COROMOTO QUINTANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros-V-9.682.681 y V-11.982.176 respectivamente, progenitores del adolescente antes mencionado, a los fines de practicar sus respectivas citaciones. Realícense informes psicológicos y sociales a la solicitante y al beneficiario. En virtud a que esta Sala de Juicio no cuenta con servicio psicológico, acuerda solicitarle colaboración al Instituto Nacional del Menor de esta localidad. Igualmente, de conformidad con el artículo 128 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se dicta medida de colocación familiar por el lapso de seis (06) meses, a favor del adolescente (Identidad Omitida), en el hogar de su tía paterna YBERIA DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°-V-7.076.401, con domicilio en la Montañita, carretera vieja, casa s/n, al lado de la familia Monsalve, en esta ciudad de Puerto Ayacucho. Notifíquese al Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines de hacerle saber sobre el inicio del presente procedimiento. Líbrese los correspondientes oficios y boleta de notificación.- Cúmplase lo ordenado.




ABOG. FRANCISCO JAVIER LARA
JUEZ DE LA SALA DE JUICIO Nº 02 DEL TRIBUNAL DE
PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS


LA SECRETARIA DE LA SALA



ABOG. TAHIS DIAZ LUGO

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.


LA SECRETARIA DE LA SALA



ABOG. TAHIS DÌAZ LUGO