REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 9 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000486
ASUNTO : XP01-P-2006-000486

AUTO DECRETANDO LA DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA


En fecha 03 de Julio de 2006, se recibe por ante la Unidad de Recepción y Distribución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, escrito presentado por el profesional del derecho JORGE RAMÍREZ GUIJARRO, en su condición de Fiscal Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, mediante el cual solicita la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta por la ciudadana JUSTINA DEL VALLE ALVAREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 1.562.009, residenciada en la Urbanización Guaicaipuro I, calle Nº 03, casa 1217, de color blanco, cerca de la capilla, cerca de la bodega del señor Alayon. Caso Nº02F1-1435-06, nomenclatura del Ministerio Publico.
Este Juzgador antes de emitir pronunciamiento observa:
Que en fecha 29 de mayo de 2006, se recibió por ante la Fiscalia Primera del Ministerio Público, denuncia de la ciudadana JUSTINA DEL VALLE ALVAREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 1.562.009, residenciada en la Urbanización Guaicaipuro I, calle Nº 03, casa 1217, de color blanco, cerca de la capilla, cerca de la bodega del señor Alayon, donde señala que “ Comparezco por ante esta Fiscalia, con la finalidad de denunciar mi sobrina de nombre FANNY ALVAREZ, y a su concubino el señor JHON CONTRERAS, por apropiarse de una vivienda de mi propiedad ubicada en la población de San Carlos de Río Negro de Estado Amazonas, calle Cuatro de Agosto, frente al Colegio de las Monjas, color azul claro, s/n, la cual les había prestado para que vivieran en virtud de la situación que estaban pasando, sin tener que pagar nada a cambio. Es el caso que para sorpresa mía, el sábado pasado mi hermano GILBERTO ALVAREZ, quien también vive en la población de San Carlos de Río Negro, me llamo y me informo el que mi sobrina y su pareja estaban tumbando la casa, todo a raíz de que les solicite que me desalojaran la casa, porque yo la había vendido desde hace un año aproximadamente (situación que ellos ya conocían), y su actual dueño me solicito la entrega formal de dicha vivienda, por lo que solicito la intervención de esta Fiscalia, para la solución de este problema. Es todo”. Ahora bien, este Juzgador al igual que el Fiscal del Ministerio Público, considera que los hechos objeto del proceso constituyen delito donde tiene que procederse a instancia de parte agraviada, tal y como lo es el delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto en el artículo 473 del Código Penal, que es un delito de acción privada donde solo la victima puede ejercer la correspondiente acción penal, en consecuencia a ello lo procedente y ajustado a derecho es decretar la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta por la ciudadana JUSTINA DEL VALLE ALVAREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 1.562.009, residenciada en la Urbanización Guaicaipuro I, calle Nº 03, casa 1217, de color blanco, cerca de la capilla, cerca de la bodega del señor Alayon, ello de conformidad con los artículos 25, 301 y 400 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la solicitud Fiscal se encuentra ajustada a derecho. Así se decide. -

Por antes expuesto ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta por la ciudadana JUSTINA DEL VALLE ALVAREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 1.562.009, residenciada en la Urbanización Guaicaipuro I, calle Nº 03, casa 1217, de color blanco, cerca de la capilla, cerca de la bodega del señor Alayon, de conformidad con los artículos 25, 301 y 400 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la ciudadana JUSTINA DEL VALLE ALVAREZ y Fiscal del Ministerio Público.
Dado, sellado y firmado en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, donde despacha el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control, a los nueve días del mes de Octubre de dos mil seis (2006).
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL


ABG. RAFAEL URBINA VIVAS EL SECRETARIO,

ABG. FELIPE ORTEGA