REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 25 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000454
ASUNTO : XP01-P-2006-000454


La presente causa se inicia en fecha 18-06-2001, por denuncia realizada ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas (antes PTJ) suscrita por el ciudadano LIGIA MARGARITA RATTIA, dejando constancia de lo siguiente: “… Vengo a denunciar que mi hermano de nombre : GUSTAVO EDUARDO JARAJARA RATTIA,… abusó sexualmente de mi hijo de nombre: WUILLIAN ALEXIS PERDOMO RATTIA,… también abusó sexualmente de mi hermano de MARCOS MOISES RATTIA RATTIA,… mi hermano GUSTAVO EDUARDO JARAJARA RATTIA, se encuentra en los momentos en la población de TUNAPUY Estado Sucre, efectuando un curso por el INCE de agricultura y cría, …Me enteré de los hechos ya que tanto mi hijo WUILLIAN como mi hermano MARCOS me contaron lo ocurrido, es todo…”

En fecha 21-06-2006, la Fiscal Quinta € del Ministerio Publico, Abg. Carmen Luisa Barrios presenta escrito de solicitud de Sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que a pesar, de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado de autos.-

En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal con función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no existen fundados elementos de convicción para culpar, no hay forma de incorporar nuevos elementos a la investigación, siendo señalado como presunto imputado GUSTAVO EDUARDO JARAJARA RATTIA.- Así se decide.-Notifíquese a las partes de la presente decisión.-Cúmplase.-
La Jueza Primera de Control.


Abg., América Alejandra Vivas H.

La Secretaria,


Abg. Prisci Perlay Acosta.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria


Abg. Prisci Perlay Acosta