REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 18 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000191
ASUNTO : XP01-P-2006-000191

LIBERTAD PLENA POR CUMPLIMIENTO DE PENAS

Este Tribunal, con ocasión del Auto de Ejecución de Sentencia Dictado en fecha 19-JUN-2006, concerniente a EDILSON RODRÍGUEZ DE ALMEIDA, de nacionalidad brasilera, mayor de edad, natural del Estado de Roraima, titular del registro de identidad N° 1245101-0, profesión mecánico, domiciliado en Puerto Inirida, República de Colombia, y, a OSMAR SOÁREZ DA SILVA, de nacionalidad brasilera, mayor de edad, titular del Registro de Identidad N° 237868-0, natural de Estado Roraima, ambos condenados a cumplir la pena corporal de SEIS (06) MESES, VEINTISEIS (26) DÍAS y SEIS (06) HORAS DE PRISIÓN, precisó que los penados en cuestión fueron aprehendidos el 22-FEB-2006 a las 10:30 a.m. y sentenciados el 08JUN-2006 a la pena de SEIS (06) MESES, VEINTISEIS (26) DÍAS y SEIS (06) HORAS DE PRISIÓN, por lo que dicha penitencia fenecería el 18-SEPT-2006 a las 04:30 p.m.-

En consecuencia, por ser evidente que los penados en cuestión llegan hoy, a las 04:30 p.m. al término de su penitencia, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LIBERTAD PLENA POR EL CUMPLIMIENTO DE SUS PENAS, a partir de la hora señalada, a los ciudadanos EDILSON RODRÍGUEZ DE ALMEIDA y OSMAR SOÁREZ DA SILVA, aquí suficientemente identificados, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.-

Notifíquese y publíquese la presente decisión. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.-
El Juez de Ejecución de Sentencias


Abg. Alberto Valdez Salas

La Secretaria

Abg. Margelys Casanova
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior
La Secretaria.

Abg. Margelys Casanova