REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO
JUEZA UNIPERSONAL N° 1

Puerto Ayacucho, 11 de septiembre de 2006
195° y 146°

En fecha 12 de mayo del presente año se ordenó la reanudación del proceso que por ofrecimiento de Obligación Alimentaria inició en fecha 14 de enero de 2003 la ciudadana MIRIAN AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.920.831, a favor de su hijo (identidad omitida), quien para entonces estaba bajo la custodia del progenitor, ciudadano JOSÉ RAFAEL SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.569.565. Una vez notificadas las partes y escuchado el beneficiario, el progenitor del adolescente manifestó que su hijo se encuentra viviendo en la casa de la ciudadana MIRIAN AGUILAR y que él viene contribuyendo con la manutención del adolescente. Por su parte, la accionante MIRIAN AGUILAR manifestó “Es cierto que mi hijo está conmigo desde hace tres años…”; finalmente el beneficiario indicó “… es cierto que estoy con mi madre desde hace más de un año y con ella no me hace falta nada…”.

Así las cosas, de la declaración de las partes involucradas en el presente asunto se evidencia que no existe interés en proseguir el procedimiento de fijación de Obligación Alimentaria por cuanto la oferente es quien tiene bajo su cuidado al beneficiario y, por otra parte, el progenitor viene contribuyendo con los gastos de su hijo, razón por la cual no existe contradicción en entre ambos, ni están afectados los intereses del adolescente, por cuanto tiene garantizada la obligación alimentaria y su manutención, de manera que continuar con un proceso resulta inútil pues nada hay que resolver.

En virtud de lo anterior, se declara TERMINADA la presente causa y se acuerda el archivo del expediente.-

Abog° Danny E. Gómez T

Juez Unipersonal N° 1 (Titular) de la Sala de
Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del
Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas

Abog° Gloria C. Carrillo Jaimes


Secretaria de la Sala