REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

PUERTO AYACUCHO, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2006.-
196º Y 147º

Vista la solicitud de Colocación Familiar y sus recaudos recibidos como ha sido en fecha 25 del mes y año en curso, de la Presidencia de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, y presentada por la ciudadana NATALIA COMANCHE, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficios del hogar, domiciliada en la Comunidad Coshilowateli, Municipio Autónomo Alto Orinoco del Estado Amazonas, no posee cédula de identidad, actuando en beneficio de su hija (Identidad Omitida), de un (01) año de edad, debidamente asistida por la Doctora BETILDE BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N°-V-11.126.477, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.919. Désele entrada, anótese en los Libros respectivos y fórmese expediente. Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma contraria al orden Público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley conforme a lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia cítese a la ciudadana FAITH EILEEN DAWSON MORRIS, estadounidense, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°-E-410.725, quien deberá comparecer por ante esta Sala de Juicio al tercer (3er) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a los fines de sostener entrevista con el ciudadano Juez, a las Diez (10:00 am.) en relación a la Colocación Familiar Asimismo se acuerda notificar a la solicitante para que comparezca el mismo día de la comparecencia de la ciudadana FAITH EILEEN DAWSON MORRIS. Realícense informes psicológicos y sociales a las partes. En virtud a que esta Sala de Juicio no cuenta con servicio psicológico, acuerda solicitarle colaboración al Instituto Nacional del Menor de esta localidad. De igual manera, de conformidad con el artículo 128 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se dicta medida de colocación familiar provisional a favor de la niña (Identidad Omitida), en el hogar de la ciudadana FAITH EILEEN DAWSON MORRIS, por un lapso de seis (06) meses contados a partir de la presente fecha. Notifíquese al Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines de hacerle saber sobre el inicio del presente procedimiento. Líbrese las correspondientes boletas de notificación.- Cúmplase lo ordenado.




ABOG. FRANCISCO JAVIER LARA
JUEZ DE LA SALA DE JUICIO Nº 02 DEL TRIBUNAL DE
PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS


LA SECRETARIA DE LA SALA



ABOG. TAHIS DIAZ LUGO

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.


LA SECRETARIA DE LA SALA



ABOG. TAHIS DÌAZ LUGO











EXP. Nº 3.720.-
FJL/TDL/LUIS E.