Juzgado Primero de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal
del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 25 de septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2005-000021
ASUNTO : XP01-P-2005-000021

AUTO

En fecha 25 de mayo de 2006, se celebró la audiencia para considerar la solicitud de revisión de sanción en el asunto seguido al adolescente---------, quien fue sancionado por la comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en agravio de la Colectividad. En tal sentido este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal, Sección adolescente en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: Se modifica la medida dictada al adolescente---------, suficiente identificado en las actas procesales, consistente en la privación de libertad establecida en el artículo 628 de la Ley Orgánica Para Protección del Niño y del Adolescente, y en su lugar se impone la medida de semilibertad, la cual será cumplida en el Centro de Diagnóstico y Tratamiento Amazonas de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 08:00 am, y las 01:00 pm, conforme a los establecido en el artículo 627 ejusdem, indudablemente el motivo legal para modificar la sanción impuesta radica en el comportamiento ejemplar de dicho adolescente y su trato ha sido respetuoso con sus compañeros de Centro Amazonas, Buenas Relaciones. Con estos razonamientos precedentes, se da por motivado el presente auto.
El Juez de Ejecución Sección Adolescente,


El Secretario
Rubén Darío Farías Harris

Jose Rafael Urbina S.