REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO PENAL DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS

Puerto Ayacucho, 02 de Abril de 2007
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL: XP01-P-2004-000226

AUTO
Vista decisión de fecha 30 de Noviembre de 2006, proferida por la Corte de Apelaciones de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró con lugar la delación de la vicdita publica por haber quedado verificado el vicio de contradicción en la sentencia de fecha 12 de Diciembre de 2005, fundamentada en fecha 03 de febrero de 2006, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Función Juicio de este Circuito Judicial, por la que se absolvió al ciudadano Miguel Ángel Chipiaje, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 13.558.494, por la presunta comisión del delito de Trafico de Drogas en la modalidad de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas tipificado y penado en el articulo 31 de la ley Orgánica Contra el Trafico de Drogas y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y mediante la cual de conformidad con el articulo 25 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela se declaró su NULIDAD y se ordenó la celebración de un nuevo juicio oral con un Juez distinto al que dicto el fallo anulado, por consiguiente este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas en virtud, que de las actas que conforman la presente causa se observa que por sentencia absolutoria dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Función Juicio de este Circuito Judicial en fecha 12 de diciembre de 2005, se decreto el cese de la medida de privación judicial impuesta al acusado de autos como se consecuencia de la absolutoria y se declaró la libertad plena desde la misma sala de audiencia, es por ello que se ordena la APREHENSIÓN del ciudadano Miguel Ángel Chipiaje, titular de la cedula de identidad Nro 13.558.494. Líbrese lo conducente. Cúmplase



La Juez Primero de Juicio


Abg. Evelin Dayana Mendoza Hidalgo


La Secretaria

Abg. Kira Al Asaad

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior




La Secretaria

Abg. Kira Al Asaad