REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 30 de Abril de 2007
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2007-000133
ASUNTO : XP01-P-2007-000133



Vista la solicitud presentada por el Abg. Cesar Tovar, en su carácter de Defensor Publico Segundo Penal del acusado JESUS PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.714.540, en la cual requiere el ALARGAMIENTO DE LAS PRESENTACIONES PERIODICAS CADA TREINTA DIAS PARA ASI PODER CUMPLIR DEBIDAMENTE CON SUS RELACIONES DE TRABAJO impuesta a su defendido antes identificado. Este Tribunal antes de decidir observa:

PRIMERO: De la revisión de las presentes actuaciones se puede observar que al acusado JESUS PEREZ, se le dicto MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA en fecha 13FEB07, por el Tribunal Primero de Control, por encontrarse incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 17 la Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia y articulo 218 numeral 3 del Código Penal respectivamente, a lo cual emitió el siguiente pronunciamiento: ”…SEGUNDO: Se decretan las Medidas Cautelares las cuales consisten en la presentación periódica los días Miércoles de cada semana ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal en un horario comprendido entre las 8:30 de la mañana y las 3:30 de la tarde y la Prohibición de acercarse a la victima…”

SEGUNDO: En fecha 26-02-2007, fue recibido el presente asunto procedente del Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal.-

TERCERO: En fecha 30-04-2.007, se realiza revisión de las presentaciones por el SISTEMA JURIS 2000, en la cual se evidencia que el acusado antes identificado, ha cumplido cabalmente con las presentaciones impuestas en la condiciones exigidas, lo que se muestra la conducta del acusado de someterse a la justicia, es decir a seguir con el proceso en cuestión, por lo que considera esta Juzgadora que lo ajustado a derecho es concederle la modificación de la presentación periódica de una vez por semana a cada quince días, en las fechas 02 y 17 de cada mes.-Así de decide.-

CUARTO: En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley: Modifica el periodo de presentación del acusado JESUS PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.714.540, dicha presentación quedó modificada de una vez por semana a cada quince días, en las fechas 02 y 17 de cada mes, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-
La Jueza Segunda de Juicio.-


Abg. América Alejandra Vivas H.



La Secretaria.


Abg. Indra Cedeño.-


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-

La Secretaria.


Abg. Indra Cedeño.-