REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, diecisiete de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : XP01-D-2007-000105
Juez: Rossana Foresto de Ventura
Fiscal: Quinto del Ministerio Público
Defensor: Público
Secretaria: Rima Kalek
Imputado:
Victima:
ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día de hoy Jueves 17 de abril de 2008, siendo las 10:00 de la mañana, se constituyó el Tribunal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en la sede del Despacho a cargo de la jueza Rossana Foresto de Ventura, la Secretaria del Tribunal Rima kalek, y el Alguacil Key Gómez en la oportunidad fijada para realizar la Audiencia Preliminar, en la causa que se le sigue a la adolescente ARTICULO 65 LOPNA, por la comisión del delito de Violencia Física, en perjuicio de la ciudadana ARTICULO 65 LOPNA. Se deja constancia de la presencia del Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abg. Luís Correa, la Defensora Pública, Abog. Duviniana Benítez, y se deja constancia que se concede un lapso de espera de (20) minutos a la adolescente imputada y su representante legal, y la víctima de autos quienes no han comparecido a la presente audiencia. Siendo las 9:20 a.m., hace acto de presencia la ciudadana Libia Clarín, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 12.469.633, quien se encuentra residenciada en San Juan de Manapiare, en su carácter de Representante Legal de la imputada adolescente ARTICULO 65 LOPNA. Se deja constancia de la Incomparecencia de la Imputada y de la víctima. De seguidas la ciudadana Libia Clarín, informó al Tribunal que se encuentra actualmente en la ciudad de Puerto Ayacucho, conjuntamente con su hija con motivo de que su nieto esta enfermo. Asimismo se deja constancia que se encuentra el ciudadano Daniel González, en su condición de Progenitor de la Imputada adolescente. En consecuencia en virtud de la incomparecencia de la Imputada y de la víctima, se acuerda fijar nueva oportunidad para la realización de la Audiencia Preliminar el DÍA LUNES 21 DE ABRIL DE 2008, A LAS 8:30 DE LA MAÑANA, quedan debidamente notificados el Fiscal Quinto del Ministerio Público, la Defensa Pública Primera Penal, la ciudadana Libia Clarín y el ciudadano Daniel González, en su carácter de Representantes Legales de La Imputada de autos de la presente decisión de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la adolescente imputada, ARTICULO 65 LOPNA y a la victima, en la siguiente dirección: barrio Carinagua, Sector la Pradera, casa S/N, de color amarillo, media agua, subiendo la Piedra de esta localidad. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 10:42 A.M.
La Jueza de Control Sección Adolescente
Abg. Rossana Foresto de Ventura
El Fiscal Quinto La Defensa
Abg. Luís Correa Abog. Duviniana Benítez
Los Representantes Legales
Libia Clarín Daniel González
La Secretaria
Abog. Rima kalek