REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 21 de Abril de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2006-000012
ASUNTO : XP01-D-2006-000012
AUDIENCIA ESPECIAL
En esta misma fecha , siendo las 9:00 am., se constituye el Tribunal Único en Función de Ejecución de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en la Sala de Audiencias Nº 4 de este Circuito Judicial Penal con la presencia de la Jueza LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS, la Abogada Rima Kalek, y el Alguacil Antonio Quintero, para celebrar AUDIENCIA ESPECIAL los fines de imponer a los efebos in comento de “LA MEDIDA REGLAS DE CONDUCTA” que les fueran acordadas en la audiencia de Revisión de Medida realizada el pasado 25 de Enero de 2008 por este Tribunal, la cual debía haber comenzado el 31 de Marzo de 2008, en el asunto seguido a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA) suficientemente identificados. Se deja constancia que se da inicio a la Audiencia siendo las 10:25 la cual estaba prevista a las 9:00 de la mañana, este Tribunal hace la advertencia sobre la prioridad absoluta que gozan los adolescentes previsto en el artículo 7 de la LOPNA. Se encuentran presentes el Abogado Luis Correa, Fiscal Quinto del Ministerio Público, la Abog. Duviniana Benítez, Defensora Pública Primera Penal, los Integrantes del Equipo Multidisciplinario, Licenciada Nubia Moreno y Nileida González, y los adolescentes de autos. Verificada la presencia de las partes se da inicio al presente acto, en este estado la jueza informa a las partes que en fecha 25 de Enero de 2008 este Juzgado en Audiencia para revisar la medida impuesta a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA) suficientemente identificados, por el delito de Violación en perjuicio del niño (IDENTIDAD OMITIDA), cambió la misma para la sanción de Reglas de Conducta, por el lapso de dos (02) años la cual iniciarían el día 31 de marzo de 2008, finalizando el día 31 de Marzo de 2010, las cuales consisten en 1- continuar con sus estudios de Educación Básica diversificada y Superior, en virtud de lo cual deberán presentar ante el Tribunal correspondiente trimestralmente constancia de ello. 2- presentarse ante el equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial para recibir atención al mes. 3- Continuar residenciados en la Comunidad Piaroa, Samaría ubicada vía Gavilán y en las oportunidades que salgan de la mencionada comunidad deberán comunicarlo al Capitán de la misma, y cualquier cambio de Residencia deberá ser informado al Tribunal. 4- Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y cualquier sustancia estupefaciente y Psicotrópicas y frecuentar lugares donde se expendan sustancias estupefacientes de conformidad con el artículo 628 de la LPONA en concordancia con el artículo 622 Ejusdem, ello dando cumplimiento al Principio Constitucional del respeto al derecho propio de los indígenas establecido en el artículo 620 de la norma constitucional desarrollados en los articulo 130 y 141 numeral 2° de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas. Igualmente una vez analizada la causa se le solicita a la defensa a los fines de que inste a los Efebos in comento a que presenten Constancia de Estudio lo cual fue diligente en presentarlos, constatándose que cursan estudios en Octavo y Noveno grado de Educación Básica en la Unidad Educativa, Arístides Rojas, Comunidad Gavilán, Municipio Atures, estado Amazonas. Por otra parte no consta en la causa que los adolescentes se encuentren cumpliendo con otra reglas de conducta de presentarse una vez al mes ante el Equipo Multidisciplinario, por lo que este Tribunal pasa a consultar a la Representación del Equipo si están los Efebos cumpliendo con las presentaciones: a lo cual manifestó la Lic. Nubia Moreno en su carácter de integrante del Equipo Multidisciplinario que los adolescentes de autos iniciaron sus presentaciones a partir del día 31 de marzo de 2008, en horario comprendido entre las 8:30 AM a 10:30 de la mañana, y se les informó que deberían asistir con representantes, y les corresponderá asistir con sus representantes el día 30 de Abril de 2008 en horario comprendido entre las 8:30 AM a 10:30 de la mañana, Se deja constancia para dar cumplimiento al Artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal, que trata del derecho a Interprete Público que el mismo no hizo acto de presencia por lo que se le consultó a la defensa si los adolescentes estaban de acuerdo en realizar la audiencia, a lo que los adolescentes manifestaron que si estaban de acuerdo en realizar la audiencia sin la comparecencia del interprete . En base a lo alegado por el Equipo Multidisciplinario donde se determina que los adolescentes están asistiendo a las orientaciones dada por el mismo, igualmente en virtud de lo expresado por los adolescentes en relación al Intérprete. Se le otorga la palabra al Ministerio Público a los fines de que exponga lo que crea conveniente: en este estado la Representación Fiscal manifestó que en virtud de lo alegado por los integrantes de equipo multidisciplinario de este Circuito Judicial Penal y por la defensa, no tiene ninguna observación al respecto, únicamente hizo su observación al cambio de Residencia de los adolescentes. Visto y escuchado los alegatos y exposiciones de las partes, este Tribunal Único en Función de Ejecución para el Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Una vez escuchada a las Integrantes de Equipo Multidisciplinario donde alegaron sobre el cumplimiento por parte de los adolescentes antes identificados del cumplimiento de la medida de asistir ante el mismo, se le ratifica y se le recuerda a los adolescentes de asistir a la próxima cita prevista para el día 30 de abril de 2008 junto a sus representante en el Horario comprendido de 8:30 AM a 10:30 de la mañana ante el Equipo SEGUNDO: Este Tribunal los motiva y los felicita a que sigan cursando sus estudios y presentando las Constancias de estudio. TERCERO: Quedando claro la situación actual de los adolescentes se da por terminada la audiencia del día de hoy. Es todo terminó, se Leyó y conformes firmen siendo las 10:52 de la mañana.
La Jueza de Ejecución Sección Adolescente
Abg. LUISA CEQUEA PALACIOS
El Fiscal Quinto La Defensa
Abg. Luís Correa Abog. Duviniana Benítez
Integrantes del Equipo Multidisciplinario,
Lic. Nubia Moreno Lic. Nileida González,
Los adolescentes Sancionados
(IDENTIDAD OMITIDA)
(IDENTIDAD OMITIDA) (IDENTIDAD OMITIDA)
La Secretaria
Abg. Rima Kalek
|