REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 2 de Diciembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2008-002255
ASUNTO : XP01-P-2008-002255
AUTO DE REMISIÓN DE ACTUACIONES
Visto que en el día de hoy, 02 de Diciembre de 2008, se ha recibido por ante este Tribunal, actuaciones relacionadas con la aprehensión de los ciudadanos: ARON TRIANA CARIBAN y JULIO ARNALDO PEREZ, plenamente identificados en las actuaciones procesales, que conforman el presente asunto, revisado de forma minuciosa, se puede apreciar que los ciudadanos presuntamente imputados, han fallecido, siendo por ello que en virtud de faltar actuaciones por practicar, ya que se desconoce el motivo del fallecimiento de los mismos y existe además una victima denunciante, siendo la ciudadana YUDELIS YASMIN GONZALEZ CAYUPARE, por lo que debe ordenar la remisión de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público en Materia de Derechos Fundamentales, a objeto que se realice la práctica de las diligencias necesarias para establecer responsabilidades a que haya lugar, por cuanto es a la Representación Fiscal, a quien corresponde la dirección de las investigaciones y el ejercicio de la acción penal. Según lo establecido en nuestra Carta Magna y en La Ley Adjetiva Penal. Por lo tanto con base a lo antes expuesto se debe acordar , en virtud que los presuntos imputados, presuntamente han fallecido, dejar sin efecto la realización de una Audiencia de Presentación y notificar a la presunta victima de autos, de la presente decisión. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia de la siguiente manera: Primero: Se Acuerda dejar sin efecto la realización de la Audiencia de Presentación solicitada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, por cuanto los imputados, presuntamente, según el escrito de solicitud de realización de Audiencia oral, han fallecido. Segundo: Se Acuerda: Remitir las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial, en Materia de Derechos Fundamentales, a objeto que provea lo conducente y continúe las investigaciones en el presente asunto, para así presentar las acciones a que haya lugar, por cuanto los imputados a quien se les realiza la solicitud de Audiencia de Presentación, presuntamente han fallecido. Segundo: Notifíquese a la Presunta Victima. Cúmplase.
La Jueza
Abog. NORISOL MORENO ROMERO
El Secretario
Abog. Luís Ortiz
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
El Secretario
Abog. Luís Ortiz
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