REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCCIÓN ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, dieciséis de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : XP01-P-2008-000358

ACTA DE EJECUCIÓN DE SANCIÓN E IMPOSICIÓN DE CÓMPUTO

ASUNTO PRINCIPAL: XP01-D-2008-000358
SANCIONADO: (IDENTIDAD OMITIDA)
JUEZA PROFESIONAL: ABG. ESPEC. LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS
SECRETARIO: ABG. RIMA KALEK
DEFENSORA PÚBLICA: ABG. DUVINIANA BENÍTEZ
FISCAL: ABG. VICTOR MELENDEZ FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO

En esta misma fecha, siendo las 9:00 a.m., se constituye el Tribunal Único en Función de Ejecución de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en el Despacho de la ciudadana Jueza LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS, la Abg. Rima Kalek, Secretaria de Sala y el Alguacil Inyerman Brito, oportunidad fijada para celebrar AUDIENCIA PARA IMPOSICION DE COMPUTO en el asunto seguido al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, nacido el 06 de noviembre de 1988, de 17 años de edad cuando ocurrieron los hechos, soltero, estudiante, titular de la cédula de identidad Nº V-(OMITIDA), hijo (IDENTIDAD OMITIDA), (v), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.079935, residenciada en la (OMITIDA),. Se encuentran presentes el ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público, Abg. Víctor Meléndez, la ciudadana Defensora Pública Primera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Amazonas, abg. Duviniana Benítez, el adolescente: Verificada la presencia de las partes se da inicio al presente acto, en este estado la jueza informa a las partes que se constituye el Tribunal en virtud de la Imposición del Cómputo. En tal sentido encontrándose presente el adolescente e impuesto ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬de los derechos que le asisten, se deja constancia de lo siguiente: PRIMERO: Se procedió a dar lectura a la Resolución Nº 89 de fecha 04 de Noviembre de 2008, contentiva del Auto de Ejecución de sanción e Imposición del Cómputo, iniciando la Sanción de REGLAS DE CONDUCTA Prevista y sancionada en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el día 17 de Diciembre de 2008, por el lapso de UN (01) AÑO, la cual culminará el día 17 de Diciembre de 2009 SEGUNDO: Se le explicó al adolescente sobre el contenido del cómputo, advirtiéndosele sobre la responsabilidad que debe asumir ante este gran compromiso que tiene pendiente con el Estado Venezolano, que debe mejorar su conducta y que se le seguirá dando un trato de acuerdo a la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, es decir, que este Tribunal respetará sus derechos y garantías y que debe demostrar su responsabilidad en la ejecución de estas sanciones, TERCERO: Garantizándosele su derecho de palabra se le impuso al adolescente sobre el artículo 49 ordinal 5to y demás generales de ley explicándosele el motivo de la presente audiencia quien manifestó: Estoy de acuerdo con la ejecución e imposición del cómputo. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.Siendo las horas 10: 00 A.M. de la mañana concluyó la presente audiencia.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTE

ABG. LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS

El Fiscal Quinto La Defensa

Abg. Víctor Meléndez Abg. Duviniana Benítez

El sancionado

(IDENTIDAD OMITIDA)
La Secretaria

Rima Kalek