REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 18 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2007-000839
ASUNTO : XP01-P-2007-000839

Juez: Abg. Omaira Martínez de Vergara
Fiscal: Abg. Juan Carlos Barletta
Secretario: Abg. Prisci Acosta
Imputado (s): Ferreira Gómez Milson
Defensor (a): Abg. Magno Barros

En fecha 17 de Enero de 2008, se constituyó el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, con la presencia de la Juez Omaira Martínez de Vergara, la secretaria Prisci Acosta y el alguacil Rubén Sánchez, en la oportunidad fijada para realizar Audiencia Preliminar del ciudadano Ferreira Gómez Milson, titular de pasaporte N° CP-193283, de nacionalidad Brasilera, natural Maraa, donde nació en fecha 21/11/69, de 38 años de edad, de estado civil casado, de profesión comerciante, residenciado en el barrio San Gabriel de Cochaeira, Calle Rua Virgilio Cardozo, Casa N° 500, color blanco, a quien la Fiscalía Primera del Ministerio Público le imputó la comisión del delito de contrabando agravado, previsto y sancionado en el articulo 2 en concordancia con el articulo 4 numeral 10 y 19 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, en perjuicio del Estado Venezolano.
Se encontraban presentes el Defensor Privado Magno Barros quien manifestó al Tribunal que no tiene conocimiento del paradero del ciudadano Ferreira Gómez Milson; el Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Publico, Juan Carlos Barletta; con la incomparecencia del intérprete designado por el consulado de Brasil y del imputado, quien no fue ubicado en la dirección suministrada por él, en esta ciudad de Puerto Ayacucho.
De la revisión efectuada en el sistema Juris se observó que el ciudadano Ferreira Gómez Milson, cumplió hasta el mes de Octubre de 2007, con el régimen de presentaciones periódicas por ante el Circuito Judicial, por lo que el Representante Fiscal del Ministerio Publico Abg. Juan Carlos Barletta solicitó se libre orden de captura y se revoquen las medidas cautelares que le fueron impuestas al ciudadano Ferreira Gómez Milson, titular de pasaporte N° CP-193283, en virtud del incumplimiento de las medidas impuestas.
Quien aquí suscribe, previo pronunciamiento, acatando el mandato de la norma adjetiva contenida en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece que el Juez de Control revocará las medidas cautelares por incumplimiento. Así podemos ver que la defensa señaló que no sabía nada de su defendido que se había enterado que la esposa del imputado iba a tener un bebé. Es sabido que el ciudadano Gómez Milson no tiene arraigo en Amazonas ya que es nacional de la República de Brasil y reside en ese país, y que la dirección aportada es una residencia a la cual llegaba cuando venía a Puerto Ayacucho. De igual forma podemos ver que incumplió con las presentaciones ya que las mismas las realizó hasta el mes de Octubre de próximo pasado año. Así podemos observar que la arriba mencionada norma establecida en el artículo 262 en su numerales 1, 2 y 3 ejusdem, faculta al Juez para que proceda de oficio o a solicitud del Ministerio Público y al mismo tiempo establece taxativamente los argumentos necesarios para que opere la revocatoria de las medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación Judicial Preventiva de Libertad. Razones por las que esta sentenciadora no se aparta de la solicitud del Representante de la Vindicta Pública.
DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley emite los siguientes Pronunciamientos: Primero: se revocaron las medidas cauteles por incumplimiento en las presentaciones de conformidad con el artículo 262 numeral 3., del Código Orgánico Procesal Penal. Lo cual fue verificado a través del sistema Juris. Así se decide.- Segundo: acordó librar orden de captura al ciudadano Ferreira Gómez Milson, titular de pasaporte N° CP-193283, en virtud del incumplimiento de las medidas impuestas por el Tribunal Tercero de Control en fecha 01 de Octubre de 2007, por lo que se ordena librar las correspondientes ordenes a los organismos de seguridad del Estado Amazonas. Así se decidió.-
Quedaron los presentes notificados de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la sentencia y remítase en su oportunidad legal la presente causa al archivo judicial para su resguardo. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, lugar desde donde despacha el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas.
La Juez Primero de Control

Abg. Omaira Martínez de Vergara

La secretaria

Abg. Prisci Perla Acosta
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
La secretaria

Abg. Prisci Perla Acosta