REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

PUERTO AYACUCHO, 09 DE ENERO DE 2008.-
197º Y 148º

Transcurrido como ha sido el lapso de Colocación Familiar otorgado mediante auto de fecha 29 de Marzo de 2.007, y estando como se encuentran los niños IDENTIDADES OMITIDAS, bajo medida de Colocación Familiar en el hogar de la ciudadana CARMEN GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°-V-10.924.724, domiciliada en la Urbanización Carinagua, entrando por Tha-Thay-Dou, casa de color rosado de esta ciudad Puerto Ayacucho, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley; de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, PROLONGA la medida de colocación familiar a favor de los niños IDENTIDADES OMITIDAS, en el hogar de la ciudadana antes identificada, por el lapso de seis (06) meses más, contados a partir de la publicación del presente auto, a los fines de garantizar el derecho de los niños a permanecer en el seno de una familia. Ofíciese al Equipo Multidisciplinario adscrito a esta Sala de Juicio, a objeto de que se realicen los respectivos informes de seguimiento y control. Cúmplase lo ordenado.-


ABOG. MAGALY JOSEFINA CEBALLOS
JUEZ DE LA SALA DE JUICIO Nº 02 DEL TRIBUNAL DE PROTECCION
DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

LA SECRETARIA DE LA SALA


ABOG. TAHIS DIAZ LUGO

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA DE LA SALA


ABOG. TAHIS DÌAZ LUGO

EXP. Nº 3.058-S2.-
MJC/TDL/MIROSLAVA.