REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL ACCIDENTAL SUPERIOR DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
197° y 148°

ACTA DE LA AUDIENCIA DE APELACIÓN ORAL Y PÚBLICA

Asunto Principal TS-0025-07
Asunto XC11-R-2007-000002

En el día de hoy, viernes primero (01) de febrero de 2.008, siendo las once (11:00) horas de la mañana, en la oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA DE APELACION ORAL Y PÚBLICA, en el presente expediente, se anunció a viva voz por parte del ciudadano Alguacil José Luís Rodríguez , el mencionado acto a las puertas de la Sala de Espera de la Coordinación del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, referente al Recurso de Apelación ejercido por la parte demandada, contra la sentencia definitiva de fecha 30 de julio de 2.007, emanada del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas y la adhesión propuesta por la parte demandante al recurso antes señalado; todo en el Juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado el ciudadano Noel José Lepage, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad número V- 4.596.799, contra la Sociedad Mercantil Colectivos Caicabo C.A. , así como al grupo de empresas del cual forma parte, integrado por Extraurbana del Amazonas C.A. y Transporte Nirgua Metropolitano C.A., solo haciendo acto de presencia la apoderada judicial de la parte demandante, abogada Ana Reyes, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 118.296, y no así la parte recurrente demandada, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Como consecuencia de lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el articulo 304 del Código de Procedimiento Civil, éste Juzgado Accidental Superior declara desistida la apelación ejercida en el presente expediente, no pudiendo la parte que ejerció el derecho de adhesión continuar con el tramite del mismo. Se ordena la remisión del mismo mediante oficio a la Coordinación Judicial, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo respectivo, con el objeto de proseguir la causa en el estado procesal correspondiente. Se deja expresa constancia que el presente acto fue reproducido en forma audiovisual por dos (2) cámaras de video Handycam, marca SONY, modelo DCR-TRV22-NTSC, serial 13439 y serial 13440, controladas por los técnicos audiovisuales, funcionarios adscritos a la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, ciudadanos LUIS CORALES Y KEY GÓMEZ, titulares de las Cédulas de Identidad número V- 12.565.694 y V- 15.303.231, respectivamente. Por último se procedió a la firma del acta respectiva. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

WIECZA SANTOS MATIZ


LA SECRETARÍA,

WILAIDY AMAYA




APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE
DEMANDANTE


ABG. ANA REYES




EL ALGUACIL,

JOSE LUIS RODRIGUEZ
















Asunto Principal TS-0025-07
Asunto: XC11-R-2007-000002
WSM/wa