REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.


Puerto Ayacucho, 07 de febrero de 2008



N° DE EXPEDIENTE: XP11-L-2008-000001
PARTE ACTORA: RAMÓN LEOCADIO HERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DIEGO NARANJO
PARTE DEMANDADA: PEDRO FELIX ORTIZ LUZARDO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS MACHADO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día de hoy jueves (07) de febrero de dos mil ocho (2008), siendo las Diez (10:00) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se constituye el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Amazonas, presidido por la ciudadana Jueza ABG. SAIDA FARFAN ACOSTA, con asistencia de la ciudadana Secretaria ABG. WILAIDY AMAYA, con el objeto de dar inicio a la Audiencia Preliminar, en la causa laboral signada con el Nº XP11-L-2008-000001, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el Ciudadano RAMON LEOCADIO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 2.743.473, de este domicilio, con asistencia de el profesional del Derecho ABG. DIEGO NARANJO, venezolano, mayor de edad, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 121.288, en su carácter de Procurador del trabajo contra el ciudadano PEDRO FELIX ORTIZ LUZARDO. Se anunció el acto a las puertas de la Sala de Espera de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, por parte del Ciudadano Alguacil JOSE LUIS RODRIGUEZ, en voz alta: La Ciudadana Jueza ordenó verificar la asistencia de las partes, se deja constancia que se encuentra presente la parte demandante RAMON LEOCADIO HERNANDEZ, debidamente asistido por el Abg. DIEGO NARANJO, actuando en su carácter de procurador del trabajo, ambos plenamente identificados en autos, en representación del demandada el apoderado Judicial Abg. LUIS MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.920.203, debidamente inscrito en el IPSA, bajo el Nº 51.672. Una vez declarado abierto el acto, Se le concedió el derecho de palabra tanto a la parte demandante como a la parte demandada, quienes exponen sus fundamentos de hechos y de derechos, en que esta dispuesto a la mediación en cuanto a derecho le asistan al demandante. La parte demandada se compromete a cancelar la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (BF. 2.667,55) por concepto de Prestaciones Sociales al ciudadano RAMON LEOCADIO HERNANDEZ, en una sola y única cuota el día 03/03/2008 a las tres (03:00) horas de la tarde, así mismo por su parte la actora acepta en la presente audiencia lo propuesto por el demandado. En consecuencia esta juzgadora pasa a realizar las siguientes consideraciones: Una vez analizada el acta, se observa que se cumplieron los siguientes requisitos: 1)- Identidad de las partes; 2)- Objeto y 3)- causa; en virtud de haberse cumplido a cabalidad en toda forma la transacción celebrada y produce los efectos de cosa juzgada. En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por Autoridad de la Ley de conformidad con la norma establecida en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 257,258 y 262 del Código de Procedimiento Civil DECRETA LA HOMOLOGACION de la transacción alcanzada por las partes en la audiencia preliminar, así mismo se insta a la parte demandada a dar fiel cumplimiento en todas y cada una de sus partes a la presente Homologación. Se deja constancia que no se archivara judicialmente el presente asunto laboral hasta tanto no conste en autos el finiquito de la transacción aquí homologada.
Finalmente la ciudadana Jueza le dio, la lectura integra de la presente acta, siendo 11:10 horas de la mañana de hoy 07 del mes de febrero de dos mil ocho (2008), se dio por cerrado el acto, con las firma de los asistentes al mismo.
La jueza


ABG. SAIDA FARFAN ACOSTA

ABG. WILAIDY AMAYA
Secretaria

Por la parte Demandante




RAMON LEOCADIO HERNANDEZ ABG. DIEGO NARANJO
C.I: 2.743.473 IPSA: 121.288




Por la parte Demandada




ABG. LUIS MACHADO
IPSA : 51.672