REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
JUEZA UNIPERSONAL Nº 01
PUERTO AYACUCHO, 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2008.-
197º Y 148º


Visto el escrito y sus recaudos presentados por la ciudadana: MAYULI JOSEFINA VIVAS SIDFRÁN, en su condición de coordinadora del Programa de Familias Sustitutas del Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Estado Amazonas, mediante el cual desiste de su petitorio de colocación familiar de la niña GÉNESIS SARAI MUÑOZ, de nueve (09) años de edad, y consigna escrito de solicitud del petitorio de los ciudadanos: JOSÉ DEL VALLE COA ARVELO Y LILIA GREGORIA APONTE MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.567.925 y 8.904.014, respectivamente y, quienes previas notificaciones, en su comparecencia y entrevista con esta Operadora Judicial, solicitaron que se les otorgue bajo la figura de colocación familiar a la niña de marras, así como a estar dispuestos a que se les realice los informes que ordenó este Despacho; en consecuencia, este Tribunal, por cuanto observa que el presente procedimiento tiende a dilatarse por la realización de los informes integrales necesarios para la deliberación definitiva, y en virtud de lo expuesto por las partes solicitantes en asumir el ejercicio de la guarda y sus atributos, y de la niña en someterse a los cuidados de la familia, acuerda la colocación familiar provisional de la niña GÉNESIS SARAI MUÑOZ, por un término de Cuarenta y Cinco (45) días, en el hogar de la familia sustituta antes identificada, de esta ciudad de Puerto Ayacucho. Por lo tanto, queda sin efecto la medida provisional de colocación familiar de la referida niña, prorrogada en fecha 14 de enero del año en curso, en la casa hogar “Amazonas Libre.” Asimismo, y una vez que conste en autos los informes integrales debidamente realizados, se procederá a emitir el fallo definitivo del asunto. Cúmplase lo ordenado.




ABG. MILAGROS A. ZAPATA RAMÍREZ
JUEZA DE LA SALA DE JUICIO N° 01 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN
DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS


EL SEC RETARIO DE LA SALA



ABG. MARIO A MARCANO E.

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.



EL SECRETARIO DE LA SALA


ABG. MARIO A. MARCANO E.




EXP. N° 4.481-S1
MZR/MM/JUAN.