REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
JUEZ UNIPERSONAL N° 02

PUERTO AYACUCHO 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2.008.-
197° y 148°

Visto la anterior solicitud y sus recaudos anexos, recibidos por distribución en fecha 11 del mes y año en curso, de la Presidencia de esta Sala de Juicio, formulada personalmente por la ciudadana ANA CECILIA ARENA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro.-V.-23.986.873, mediante la cual solicita a este Tribunal que se le expida autorización judicial para hacer efectivo el cobro de la alícuota parte que le corresponde a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad N°-V-20.019.646, este Tribunal en consecuencia, por cuanto observa que la presente solicitud no es contraria al ordena público, a la moral, las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, la admite en cuanto a lugar en derecho, en tal sentido; désele entrada en los respectivos libros, asimismo se ordena expedir la autorización judicial solicitada, con la mención de que todas las cantidades correspondientes a la adolescente de auto, deben ser remitidas a la sede de este Despacho, mediante cheque no endosable. Notifíquese a la Representante del Ministerio Público. Cúmplase lo ordenado.



ABOG. MAGALY JOSEFINA CEBALLOS
JUEZ UNIPERSONAL N° 02 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

LA SECRETARIA DE LA SALA


ABOG. TAHIS DÍAZ LUGO

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.

LA SECRETARIA DE LA SALA


ABOG. TAHIS DÍAZ LUGO

SOLICITUD N° 1.084.-
MJC/LUIS E.-