REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02

PUERTO AYACUCHO, 18 DE FEBRERO DE 2008.-
197º Y 148º

Transcurrido como ha sido el lapso de Colocación Familiar prolongado mediante auto de fecha 16 de julio de 2.007, y estando como se encuentra el niño IDENTIDAD OMITIDA, bajo esta medida de protección en el hogar de la ciudadana CARMEN LUISA LÓPEZ ALIZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°-V-8.087.314, domiciliada en la Urbanización El Escondido III, calle N° 02, casa N° 02, a una cuadra del abasto Sandy de esta ciudad Puerto Ayacucho, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley; de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, PROLONGA la medida de colocación familiar a favor del niño IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de la ciudadana antes identificada, por el lapso de seis (06) meses más, contados a partir de la publicación del presente auto, a los fines de garantizar el derecho de los niños a permanecer en el seno de una familia. Asimismo, por cuanto se observa que no consta en autos el respectivo informe de seguimiento y control, se acuerda oficiar al Equipo Multidisciplinario adscrito a esta Sala de Juicio, a objeto de que el mismo se realice. Cúmplase lo ordenado.-


ABOG. MAGALY JOSEFINA CEBALLOS
JUEZ UNIPERSONAL N° 02 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

LA SECRETARIA DE LA SALA


ABOG. TAHIS DIAZ LUGO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA DE LA SALA


ABOG. TAHIS DIAZ LUGO
EXP. Nº 2.734-S2.-
MJC/TDL/MIROSLAVA.