REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal de Puerto Ayacucho
Sección Adolescente
Puerto Ayacucho, 18 de Julio de 2008
198º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2007-000116
ASUNTO : XP01-D-2007-000116


ACTA DE AUDIENCIA DE LAPSO PRUDENCIAL

En esta misma fecha, siendo las 10:30 a.m., se constituyó el Tribunal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas en la sala de audiencias Nº 01 de este Circuito Judicial, con la presencia de la Juez Abg. Rossana Foresto de Ventura, la Secretaria Abg. Gloria Carrillo y el Alguacil Franco Ortigoza, en la oportunidad fijada para realizar la audiencia de lapso prudencia para la presentación de acto conclusivo en el asunto seguido en contra adolescente ARTICULO 65 LOPNA, por la presunta comisión del delito Ultraje al Funcionario Publico, previsto y sancionado en el artículo 222 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del estado venezolano. Estando presentes el Fiscal Quinto del Ministerio Público, Luís Correa, la Defensora Pública, Abg. Duviniana Benítez, del adolescente imputado ARTICULO 65 LOPNA, y la representante Legal ciudadana Ligia Margarita Moreno Trigo, titular de la cédula de identidad N° 1.567.772. En este estado se concedió la palabra a la Defensa, en vista de que han trascurridos los seis meses para la presentación del acto conclusivo quien solicitó la fijación de un lapso prudencial de Treinta (30) días para presentación de los actos conclusivos en el presente asunto, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Luego le fue concedida la palabra a la Fiscal, quien solicitó le fueran concedidos Noventa (90) días, dentro de los cuales presentará el acto conclusivo a que haya lugar, de la misma forma solicita la remisión de la presente causa en este acto. La juez luego de escuchadas las exposiciones de las partes, este Tribunal Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento: Se concede un lapso de Noventa (90) días para la presentación de los actos conclusivos en el presente asunto, el cual se culmina el día Sábado 18 de Octubre del 2008, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma se deja constancia que el presente acto se realiza la entrega el expediente a los fines de que presente el acto conclusivo constante de (66)folios útiles. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 10: 35 am.
La Juez de Control Adolescente

Abg. Rossana Foresto de Ventura
El Ministerio Público La Defensa

Abg. Luís Correa Abg. Duviniana Benítez

El Imputado La representante (No sabe firmar)

La Secretaria,

Abg. Gloria C. Carrillo J.