REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 30 de julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO: XP01-D-2008-000213


En el día de hoy, siendo las 11:45 A.M, compareció por ante este Tribunal el ciudadano Abg. ALEJANDRO MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.605.791, a los fines de tomársele de Aceptar y Juramentarse como Defensor Judicial, en virtud de la solicitud de designación de Defensa hecha por el Adolescente ARTICULO 65 LOPNA, venezolano, menor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.107.903, a quien se le sigue una investigación de acuerdo a expediente N° AMAZ-F5-1473-08, por ante la Fiscalía quinta del Ministerio Público, seguidamente la ciudadana Jueza ABG. Rossana Foresto de Ventura, procede a interrogar al referido Abogado sobre sus datos filiatorios y quien se identificó de la siguiente, ALEJANDRO MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.605.791, e inpreabogado N° 106.996, domiciliado en la urbanización Monseñor Segundo García tercera trasversal frente a la cancha en la esquina casa sin numero de color verde, de seguidas la ciudadana Jueza procedió a tomarle el juramento conformidad con el Artículo 139 de Código Orgánico procesal Penal de ley quien expone: “Acepto el cargo de Defensor de Confianza designado en mi persona en esta misma fecha y Juro Cumplir fielmente con los deberes y obligaciones que el mismo me imponga”. Se acuerda expedir copia certificada de la presente acta, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Primera De Control Sección Adolescente

ABG. ROSSANA FORESTO DE VENTURA

EL Defensor,


LA SECRETARIA,

ABG. Gloria C. Carrillo J.