REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
Por todas estas razones, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Penal, de conformidad con el artículo 256 numeral 3, al ciudadano Frank Rafael Moreno Marval, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 13.565.722, a presentarse ante la Unidad de Alguacilazgo, cada treinta (30) días. Líbrese Boleta de Excarcelación y Oficio a la Unidad de Alguacilazgo, presentación que cesa hasta que el ciudadano imputado presente una constancia que justifique la libertad plena del mismo. SEGUNDO: Se acuerda que el ciudadano imputado Frank Rafael Moreno Marval, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 13.565.722, deberá trasladarse hasta el Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, a los fines de que resuelva su situación con respecto a la orden de captura que pesa sobre él.
TERCERO: Se ordena librar boleta de excarcelación del imputado
CUARTO: Se acuerda las copias solicitadas por la defensa. La Boleta de excarcelación fue emitida para la fecha de celebrarse la audiencia de presentación. Asimismo, la medida se materializó desde la misma sala.