REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 9 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2008-001282
ASUNTO : XP01-P-2008-001282
AUTO DE ORDEN DE ALLANAMIENTO

Visto el escrito presentado por la Fiscal Octava del Ministerio Público, con competencia en materia de drogas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Abg. INGRID VALENZUELA, mediante el cual solicita a este Tribunal expida Orden de Visita Domiciliaria a fin de que los funcionarios designados, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sub-delegación Puerto Ayacucho la practiquen en una residencia, ubicada en la siguiente dirección y con las siguientes características: BARRIO CATANIAPO, EN LA CALLE PRINCIPAL, CASA SIN NÚMERO COLOR BEIGE CON PUERTAS Y VENTANAS DE COLOR MARRÓN, DE ESTA CIUDAD, donde habita un ciudadano apodado, EL CHINO, que luego de labores de investigaciones se presume que existe un Centro de distribución y venta de Sustancias Estupefacientes, así como la supuesta existencia de armas y objetos provenientes del delito. Este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 03 de esta Circunscripción Judicial. ACUERDA: Expedir dicha Orden de Visita Domiciliaria conforme a lo establecido en los artículos 202, 210 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal, para ser practicada en la totalidad del inmueble. Para ello se autoriza a efectivos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sub-delegación Puerto Ayacucho. Cúmplase.-

El Juez

Abg. Wilman Fernando Jiménez Romero

El Secretario