REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Accidental Superior del Trabajo del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, veintisiete (27) de junio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO: XH12-X-2008-000001

Vista la incidencia de inhibición planteada por la Abogada MAYLEN BETSABE JORDÁN SANCHEZ, en su carácter de Juez Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Amazonas, en el presente asunto Nº XH12-X-2008-000001, fundamentada en el articulo 31, numeral 1 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asunto principal contentivo de Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por los ciudadanos ELIGIO BERNABE, FEDERICO CHAMANARE, MARCOS CAMICO, CAISA CHACIN, LEYRY CHACIN, NELLY LOPEZ, RAUL JORDAN y otros, parte accionante, representado por las Abogados en ejercicio CARMEN ESMERALDA LOPEZ, todos identificados en autos, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO ALTO ORINOCO DEL ESTADO AMAZONAS, parte accionada, identificados en autos, estando dentro de la oportunidad para decidir establecida en el Artículo 37 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esta operadora de justicia procede a hacerlo en los términos siguientes:
I
Mediante diligencia de fecha 29 de Febrero de 2.008, la Abogada MAYLEN BETSABE JORDÁN SANCHEZ, en el carácter antes referido expuso: “…resulta importante señalar que rengo parentesco de consanguinidad en cuarto grado con el ciudadano Raúl Jordán, ya identificado, por lo que puede generarse en la parte demandada, la apariencia de inseguridad en la imparcialidad que debe mantener el Administrador de Justicia en el ejercicio de sus funciones, en tal sentido y en aras de garantizar la transparencia y la credibilidad en el proceso cumplo con la obligación de plantear la causal de inhibición prevista en el ordinal 1° del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo…”


II
Estatuye el ordinal 1° del Articulo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que los Jueces o Juezas del Trabajo, así como los funcionarios judiciales, deberán inhibirse o podrán ser recusados “1° Por parentesco de consanguinidad con alguna de las partes o sus apoderados, en cualquier grado, en línea recta o en la colateral hasta cuarto grado, inclusive, o de afinidad hasta el segundo grado, inclusive…”.
Ahora bien, en la inhibición planteada por la mencionada Jueza mediante diligencia de fecha 29 de Febrero de 2.008, se puede evidenciar la intención indubitable de ésta de preservar el resguardo a la garantía de imparcialidad que debe ser rectora en todo proceso, vista la manifestación expresa de la Juez inhibida al intentar preservar la transparencia y credibilidad en el proceso y a que la incidencia planteada fue hecha en forma legal y fundada en causa establecida por la Ley, en tanto uno de los actores que conforma el litis consorte activo, a saber el ciudadano RAUL JORDAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.606.798, es pariente en cuarto grado de consanguinidad con la jurisdicente inhibida, todo lo cual a criterio de esta operadora de justicia afectaría la imparcialidad de la misma, es decir, podría comprometerse su objetividad en el presente juicio, y dado que dicha objetividad es la base o sustrato principal sobre el cual se sustenta la actuación de todo funcionario judicial que tiene a su cargo el deber sagrado de administrador de justicia, es por lo que lo procedente y ajustado a derecho es declarar como en efecto se declara Con Lugar la presente inhibición en resguardo a la garantía de imparcialidad de las partes en el proceso, y así se decide.
III
Por todos lo razonamientos anteriormente señalados, esta Juzgadora Superior Accidental del Trabajo administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada MAYLEN BETSABE JORDÁN SANCHEZ, en su carácter de Juez Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en el asunto N° XH12-X-2.008-000001 contentivo de Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por los ciudadanos ELIGIO BERNABE, FEDERICO CHAMANARE, MARCOS CAMICO, CAISA CHACIN, LEYRY CHACIN, NELLY LOPEZ, RAUL JORDAN y otros, parte accionante, representado por las Abogados en ejercicio CARMEN ESMERALDA LOPEZ, todos identificados en autos, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO ALTO ORINOCO DEL ESTADO AMAZONAS, parte accionada, ordenándose en consecuencia la remisión mediante oficio de las presentes actuaciones al Tribunal de origen a los fines de que la causa principal continué el tramite correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el despacho del juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas en Puerto Ayacucho a los 27 días del mes de Junio del año 2.008.-
LA JUEZ SUPERIOR ACCIDENTAL




WIECZA M SANTOS MATIZ
LA SECRETARIA


WILADY AMAYA

Seguidamente se publico la anterior decisión siendo las 2:15 p.m.

LA SECRETARIA


WILADY AMAYA


ASUNTO: XH12-X-2008-000001