REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO ÚNICA - JUEZA UNIPERSONAL N° 01
PUERTO AYACUCHO, 11 DE JUNIO DEL AÑO 2008.
198° y 149°



Evacuadas como han sido las testigos, ciudadanos: MAYRA DIANE ARAGUA OLIVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.- V.- 18.506.036, domiciliada en el sector 57 de esta ciudad, y ESTEBAN ORLANDO LINARES ESQUEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.- V. 15.955.704, domiciliado en el sector 57 de esta ciudad, las cuales fueron promovidas por el ciudadano JOSE RAUL RODRIGUEZ, en la presente solicitud de Justificativo de testigos, signada con el N° 1.129; este Tribunal acuerda devolver los originales al precitado solicitante, de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de procedimiento Civil Venezolano Vigente. Cúmplase.





ABOG. MILAGROS A. ZAPATA RAMÍREZ
JUEZA UNIPERSONAL N° 01 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN
DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS


EL SECRETARIO ACCIDENTAL



ABOG. MARIO A. MARCANO E.
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABOG. MARIO A. MARCANO E.
EXP. 1129-S1
MAZR/MM/Yuraima.