REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCCIÓN ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 05 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO: XP01-D-2007-000013
AUDIENCIA ESPECIAL PARA JUSTIFICACIÓN DE INCUMPLIMIENTO DE MEDIDA
En esta misma fecha 05 de Junio de 2008, siendo las 2:30 PM, se constituye el Tribunal Único en Función de Ejecución de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en la Sala de Audiencias Nº 03 de este Circuito Judicial Penal con la presencia de la Jueza LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS, la Abogada Gloria C. Carrillo J., Secretaria de Sala y el Alguacil Key Gómez, Verificada la presencia de las partes se constata que se encuentran presentes: El ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público Abg. Víctor Meléndez, La Abg. Duviniana Benítez Maldonado como Defensora Pública del Adolescente y la Lic. Nuvia Moreno, integrante del Equipo Multidisciplinario; Así mismo se deja constancia de la no comparecencia del adolescente (Identidad Omitida). En este estado el ciudadano Fiscal de Ministerio Publico, solicita que el adolescente (Identidad Omitida), sea declarado en rebeldía; De la misma forma solicito copia del Programa en el cual esta insertado el adolescente ante el Equipo Multidisciplinario; Se le concede la palabra a la Defensa, quien manifestó: “Solicito que no sea tomada en cuenta la solicitud del Ministerio Publico, en cuanto a que el adolescente sea declarado en rebeldía, toda vez que no se encuentra dentro de los supuestos del artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en todo caso lo que procede es que se le notifique ya que es la primera vez que no consta en autos que no ha sido convocado; En este estado la Lic. Nuvia Moreno manifestó: “Yo me dirigí a realizar una visita domiciliaria al hogar del adolescente, me entreviste con su hermana quien me informó que él adolescente se había negado a cumplir con la medida y que él estaba consiente de eso, pero que esta trabajando En razón a lo expuesto por los presentes este Tribunal Único en Función de Ejecución de la Sección Adolescente acuerda: PRIMERO: No declarar en Rebeldía al (Identidad Omitida), por cuanto no consta en autos que fuera debidamente notificado, considerando este Tribunal que se le debe dar una oportunidad para ser debidamente escuchado; SEGUNDO: Se acuerda solicitar al Equipo Multidisciplinario el Programa en el cual esta inserto el Adolescente; TERCERO: Se acuerda fijar una nueva audiencia para el día 18 de Junio del 2008 a las 10:00 am., de la misma forma se acuerda librar nueva notificación al adolescente (Identidad Omitida), en caso de no comparecer a la audiencia siguiente, siendo debidamente convocado se le requerirá con las autoridades respectivas. En consecuencia quedan las partes presentes debidamente notificados y se ordena librar boleta de Notificación al adolescente (Identidad Omitida). Es todo terminó, se leyó y conformes firman. Siendo las 3:12 pm.
La Jueza de Ejecución Sección Adolescente
ABG. LUISA CEQUEA PALACIOS
El Fiscal Quinto La Defensa Pública
ABG. VÍCTOR MELÉNDEZ ABG. DUVINIANA BENÍTEZ
Trabajadora Social del Equipo Multidisciplinario
LIC. NUVIA MORENO
La Secretaria
ABG. GLORIA C. CARRILLO J.