REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 24 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2007-001171
ASUNTO : XP01-P-2007-001171


Visto como a sido de imposible cumplimiento el acto de acuerdo reparatorio solicitado en fecha 24 de octubre de 2007, inserto al folio 33, por la defensa del ciudadano, JOSE LUIS LOPEZ GODOY, en virtud de la dificultad para notificar a las partes, este juzgado ACUERDA: Dejar sin efecto el auto donde se fija Audiencia de acuerdo reparatorio de fecha 02 de noviembre de 2007, dejándose sin efecto de la misma manera los actos posteriores, incluso el auto de convocatoria de las partes de fecha 24 de marzo de 2008, así como sus oficios y proseguir con el curso de la fase preparatoria. Notifíquese a las partes. Remítase el asunto a la fiscalía segunda.




El Juez



Abg. Wilman Fernando Jiménez Romero

La Secretaria