REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 9 de Mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2008-000406
ASUNTO : XP01-P-2008-000406
AUTO DE MERO TRÁMITE
Visto que en fecha 15 de Abril del presente año, se libró Sendas Boletas de Captura al ciudadano: JOSE ANTONIO TUNJANO VELAZQUEZ, portador de la Cedula de Identidad N° C.C 82.020.519, de nacionalidad colombiana, a quien se le imputa la presunta comisión de los delitos de VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el articulo 374 del Código Penal en concordancia con el articulo 80 ejusdem, en perjuicio de la adolescente KATHERINE YOSELIN CAMICO y USO Y MANEJO DE SUSTANCIAS CONSIDERADAS COMO PELIGROSAS, previsto en el articulo 82 de la Ley Sobre Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos, en perjuicio del Estado Venezolano. Este Tribunal Primero de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: Se ratifica librar Boleta de Captura dirigida a todos los Cuerpos Policiales del estado Amazonas, a nombre del ciudadano JOSE ANTONIO TUNJANO VELAZQUEZ, portador de la Cédula de Identidad N° C.C 82.020.519, de nacionalidad colombiana, quien puede ser localizado en su residencia ubicada en el Sector el Polígono, en un Taller mecánico, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de Violación en grado de tentativa y Almacenamiento de Sustancias Consideradas Como Peligrosas, en virtud que en fecha 09ABR2008 le fue revocado las medidas cautelares sustitutivas de libertad, dictadas en fecha 15MAR2008. Así mismo una vez Aprehendido dicho ciudadano, deberá ponerlo el Órgano Policial que lo capture o practique su aprehensión, inmediatamente a la Orden de este Tribunal. Cúmplase.
La Jueza
Abog. NORISOL Moreno Romero
La Secretaria
Abog. JOHANNA LA ROSA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria
Abog. JOHANNA LA ROSA