REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO UNICA-JUEZA UNIPERSONAL Nº 01

PUERTO AYACUCHO, 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008.-
198º Y 149º


Vistas las anteriores actas levantadas en fecha 07 de noviembre del año en curso, mediante las cuales la adolescente (identidad omitida), ampliamente identificado en autos, beneficiario de la presente causa, manifestó su deseo de no vivir más en la casa del ciudadano NEXIS ALBERTO GONZALEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°-V-12.628.964.

Asimismo, consta en las respectivas actas la conformidad del ciudadano MIKE RAYMOND GASPAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.920.070, de profesión Profesor del Liceo Bolivariano “Belén San Juan” en mantener en colocación familiar al referido adolescente, en virtud de que el prenombrado ciudadano es tío de un hermano materno del adolescente (identidad omitida), beneficiario en la presente causa.

Igualmente, se observa que mediante sentencia de fecha 14 de agosto del año en curso, se declaró con lugar la presente solicitud de colocación familiar a favor del adolescente (identidad omitida), en el hogar del ciudadano NEXIS ALBERTO GONZALEZ.

Por lo tanto, esta Servidora Judicial, en atención a lo anteriormente señalado y de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decide:

1.- Revocar la medida de colocación familiar dictada a favor del adolescente (identidad omitida), en el hogar del ciudadano NEXIS ALBERTO GONZALEZ.

2.- Acordar la colocación familiar a favor del prenombrado adolescente en el hogar del ciudadano MIKE RAYMOND GASPAR, antes identificado, por el lapso de CUARENTA Y CINCO (45) días, contados a partir de la presente fecha.

3.- Ordenar a la Trabajadora Social adscrita a esta Sala de Juicio la realización del Informe Integral al ciudadano MIKE RAYMOND GASPAR.

4.-Asimismo se acuerda librar oficio al Jefe de Destacamento Regional N° 09 de la Guardia Nacional del Estado Amazonas, a fin de que haga comparecer por ante este Despacho Judicial, al ciudadano NEXIS ALBERTO GONZALEZ, a través de la fuerza pública, Líbrense oficio. Cúmplase lo ordenado



ABG. MILAGROS A. ZAPATA RAMIREZ
JUEZA UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS


EL SECRETARIO DE LA SALA



ABG. MARIO A. MARCANO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.

EL SECRETARIO DE LA SALA



ABG. MARIO A. MARCANO





EXP. Nº 4.592-S1
MZR/MAM/IRIS