REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCCIÓN ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, catorce de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : XP01-D-2006-000024

ACTA DE EJECUCIÓN DE SANCIÓN E IMPOSICIÓN DE CÓMPUTO

ASUNTO PRINCIPAL: XP01-D-2006-000024
SANCIONADOS: 1°) (IDENTIDAD OMITIDA)
SANCIONADOS: 2°) (IDENTIDAD OMITIDA)
JUEZA PROFESIONAL: ABG. ESPEC. LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS
SECRETARIO: ABG. RIMA KALEK
DEFENSORA PÚBLICA: ABG. DUVINIANA BENÍTEZ
FISCAL: ABG. VICTOR MELENDEZ FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO
VÍCTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO

En esta misma fecha, siendo las 10:00 horas de la mañana se constituyó el Tribunal Único de Primera Instancia para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en el Despacho del mismo de este Tribunal, estando presentes la ciudadana Jueza Abg. Luisa Del Valle Cequea Palacios, la Secretaria Abog. Rima Kalek, el fiscal Quinto del Ministerio Público, Abg. Víctor Meléndez, la defensa Pública representada por la abog. Duviniana Benítez, los sancionados y su Representante Legal, y el alguacil Jean Carlos Ortigosa, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de efectuar la EJECUCIÓN DE SANCIÓN E IMPOSICIÓN DE CÓMPUTOS a los adolescentes: 1°) (IDENTIDAD OMITIDA) : venezolano, natural de Puerto Ayacucho estado Amazonas, nacido el 20-12-92 de 13 años de edad, de profesión estudiante de 7mo grado, residenciado por la (IDENTIDAD OMITIDA), e hijo de (IDENTIDAD OMITIDA), (v) y (IDENTIDAD OMITIDA), (v) y 2°) (IDENTIDAD OMITIDA) : venezolano, natural de Puerto Ayacucho estado Amazonas, nacido el 29 de Octubre de 16 años de edad, de profesión estudiante de 8vo grado en la Misión Rivas, residenciado por la Urbanización Simón Rodríguez, casa S/N, a tres casas antes del Ambulatorio Barrio Adentro de esta ciudad de Puerto Ayacucho estado Amazonas e hijo de José Cecilio Valiente (v) y Rosalía Garrido Menare (v). En este estado la ciudadana jueza pasa a informarle a los adolescentes sobre el contenido de la Resolución N° 80 ello en cumplimiento de uno de los Principios Procesales y ejerciendo el control jurisdiccional este Tribunal pasa a ejecutar la medida impuesta a los referidos jóvenes, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, por expresa remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente de la siguiente manera: CÓMPUTO DE LA SANCIÓN: REGLAS DE CONDUCTA LAPSO: UN (01) AÑO FECHA DE INICIO: 17 DE NOVIEMBRE DE 2008 FECHA DE CULMINACIÓN: 15 DE NOVIEMBRE DE 2009. De seguidas la Defensa Pública consigna en este acto Constancia de Estudio en Original correspondiente al sancionado (IDENTIDAD OMITIDA). Este Tribunal una vez impuesta la medida y cómputo respectivo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: computa y ejecuta la sanción de REGLAS DE CONDUCTAS por el lapso de UN (01) AÑO que cumplirán los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) y 2°) (IDENTIDAD OMITIDA), arriba debidamente identificados. Es todo, se leyó y conformes firman. Siendo las 11:00 de la mañana culminó la presente audiencia.
La Jueza de Ejecución


Abg. Luisa Cequea Palacios

Fiscal del Ministerio Público


Abg. Víctor Meléndez
La Defensa Pública


Abg. Duviniana Benítez


Los Sancionados Representante Legal



La Secretaria El Alguacil


Rima Kalek Jean Carlos Ortigosa