REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCCIÓN ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, diecisiete de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º


ASUNTO : XP01-P-2005-000185


AUDIENCIA ESPECIAL PARA OIR AL SANCIONADO

En el día de hoy 17 de noviembre de 2008, siendo las 8:30 a.m., se constituye el Tribunal Único de Ejecución para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, con la presencia de la Jueza Luisa Cequea, la secretaria Iris Salazar y el Alguacil José Luís Rodríguez, en la sala de Audiencias N° 3, a los fines de llevar a cabo Audiencia Especial a los fines de tratar lo relacionado con el joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), suficientemente identificado en autos. Se encuentran presentes el Fiscal Quinto del Ministerio Publico, abogado Víctor Meléndez, la defensora publica Duviniana Benítez, las representantes del Equipo Técnico de la Casa de Formación Integral Amazonas, Lic. Janeth Oviedo y Nileyda González, se da inicio a la presente audiencia siendo las 10:26 a.m., en virtud que no había sala disponible, en este estado la ciudadana jueza pasa a informar lo relacionado con el escrito presentado por la Defensa Pública y recibido en este despacho el día de hoy 17NOV2008. En este estado la ciudadana juez solicita explique el motivo por el cual no se ha cumplido con el mandato de este tribunal de realizar el informe técnico al reten policial, en este estado la licenciada Janeth Oviedo, informa que si se realizo visita al reten policial. Interviene la Lic. Nileyda González, quien informa que este momento las condiciones del imputado son muy delicadas, está siendo amenazado de muerte, hay una autocrítica en cuanto a las condiciones en las cuales se encuentra en el reten y las que tenia en la Casa de Formación Integral, se siente arrepentido por el hecho cometido, y siendo función de la juez vigilar por el cumplimiento de la sanción del adolescente, este tribunal en atribución de esta facultad pasa a cambiar la sanción de privación de libertad por la sanción de semilibertad, ya que culmina el 05 de diciembre la privación y pasa a cambiar la medida de privación de libertad por una menos gravosa ya que su vida corre peligro en consecuencia por el resguardo de la vida es que este tribunal acuerda el cambio de la sanción y lo sancionada a cumplir la sanción de SEMILIBERTAD por un año a partir del día 18NOV2008 hasta el 18NOV2009. Seguidamente el joven adulto solicita el derecho de palabra pero antes lo impondrá este Tribunal del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que expresa “lo que pasa es que tengo mucho problemas allá adentro”. Tiene la palabra el Fiscal del Ministerio Publico, no hace ninguna oposición al respecto y estamos viendo que se esta cumpliendo con la sanción impuesta, haciendo una reflexión el esta sometido a un proceso penal, en cuanto al Comandante de Policía debió acatar la orden emanada de este tribunal, y tiene una potestad disciplinaria y se insta muy respetuosamente a que se de cumplimiento a lo ordenado por este tribunal y no se puede convertir en una praxis, esa orden se la da la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ya que tiene rango constitucional, y solicito a este tribunal, y en autos consta que el joven fuera pasado a la Casa de Formación Integral y en esa oportunidad la desaprovechó y que esta sanción sea controlada por las Integrantes del Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial, vista la situación que presenta actualmente la C.F.I. esto muy sui generis visto el antecedente presentado en la C.F.I., en meses anteriores. Tiene la palabra la Defensa. Doctora Duviniana Benítez, el viernes 13 del corriente mes y año se presenta la madre del adolescente y ese mismo día la defensa solicito que fuese revisada la medida, en cuanto a la medida de la sanción de semilibertad es muy atinada la propuesta de la representación fiscal en cuanto a que sean las integrantes del equipo multisdisciplinario de este Circuito Judicial quienes cumplan con dicha sanción. Oído los alegatos de las partes en la presente Audiencia Especial. Este Tribunal Único de Ejecución para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Se cambia la medida de privación de libertad por la de semilibertad al joven adulto sancionado (IDENTIDAD OMITIDA), de acuerdo a lo establecido en el articulo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente igualmente pasa a decretar el cese de la medida privativa de libertad prevista en igualmente en el articulo 647 literal “h” ejusdem. SEGUNDO: Oficiar a la Comandancia General de la Policía de estado, a los fines de que haga las diligencias respectivas ante las autoridades competentes, para que se le de cumplimiento estricto al articulo 641 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. TERCERO: El joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), deberá cumplir la SANCION DE SEMILBERTAD por el lapso de UN (01) AÑO ante el Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial Penal a partir del 18NOV2008 culminando el 18NOV2009, este equipo deberá consignar ante este tribunal, el PROGRAMA que se le aplicará al prenombrado joven. CUARTO: Líbrese boleta de libertad. Esta audiencia será fundamentada en Resolución motivada aparte se fundamentara legalmente la presente decisión. Ofíciese lo conducente. Prosiga su curso de Ley. Es todo. Termino, se leyó conformes firman. Siendo 10:55 a.m
La Jueza de Ejecución Sección Adolescentes

Abog. Luisa Cequea Palacios

El Fiscal Quinto del Ministerio Público

Abog. Víctor Meléndez

La Defensa Pública


Abog. Duviniana Benítez


El sancionado La Representante

(IDENTIDAD OMITIDA) Miriam Ubieda de Payema

Integrantes del Equipo de Equipo Técnico


Lic. Janth Oviedo Lic. Nileyda González

La Secretaria, El Alguacil


Abog. Iris Salazar Morales José Luís Rodríguez

Exp. XP01-P-2005-000185