REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 26 de Noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2007-000704
ASUNTO : XP01-P-2007-000704
Vista la solicitud presentada por la Abg. Azalia Lugo, en su carácter de Defensora Publica de los acusados BOUSAID RODRIGUEZ SEBASTIAN y JOSE ANTONIO ORTEGA GOMEZ, ampliamente identificados en el asunto XP01-P-2007-000704 en virtud de que mis defendidos gozan de una medida cautelar sustitutiva de la privación preventiva de la libertad, la cual consiste en un régimen de presentaciones periódicas cada (15) quince días por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, medida que fue impuesta el cinco (05) de Noviembre de 2007 y mis defendidos cumplen cabalmente. En este sentido, el juicio que se les sigue a mis defendidos, se ha interrumpido en múltiples oportunidades, siendo la causa de este retardo la incomparecencia de la representación fiscal, y se ha comprobado la asistencia de mis defendidos a estas audiencias.
En tal sentido, solicito ciudadana Juez, con mucho respeto, se sirva realizar el estudio y la verificación de la medida impuesta, con el objeto que se otorgue la extensión de sus presentaciones por el lapso de Treinta (30) días, en virtud que el régimen actual dificulta el correcto desarrollo laboral de mis representados, teniendo que ausentarse de su lugar de trabajo en varias oportunidades durante el mes…
Este Tribunal antes de decidir observa:
PRIMERO: De la revisión de las presentes actuaciones se puede observar que los acusados BOUSAID RODRIGUEZ SEBASTIAN y JOSE ANTONIO ORTEGA GOMEZ, se les decreto MEDIDA DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en fecha 17-07-2007 , por encontrarse incursos en la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, pero en fecha 05-11-2007 en la oportunidad de celebrarse la Audiencia Preliminar el Tribunal Tercero de Control emite el siguiente pronunciamiento:”… PRIMERO: Se admite totalmente la acusación formulada por la Fiscalia Octava del Ministerio Publico de esta Circunscripción contra los ciudadanos Ortega Gómez José Antonio y Anuar Sebastián Bou Said Rodríguez, por la comisión del delito de trafico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de ocultamiento, previsto y sancionado en el articulo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en agravio de la Colectividad. SEGUNDO: Se admite la totalidad de las pruebas promovidas por la Fiscalía Octava del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial en su escrito de acusación,…QUINTO: Se le otorgan Medidas Cautelares a los Imputados de Autos de la contemplada en el articulo 256 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, como son la presentación periódica a este circuito judicial cada ocho días a partir del día miércoles 6 de Noviembre de 2007, y la prohibición de salida del País así como de la jurisdicción del Tribunal sin la debida autorización de este…
SEGUNDO: En fecha 06-12-2007, se dicta el AUTO DE APERTURA A JUICIO, por cuanto fue recibido el presente asunto en este Despacho en fecha 16-01-2008.-
TERCERO: En fecha 25-11-2.008, se realiza revisión de las presentaciones por el SISTEMA JURIS 2000, en la cual se evidencia que los acusados antes identificados, ha cumplido cabalmente con las presentaciones impuestas en la condiciones exigidas, lo que se muestra la conducta de los acusados de someterse a la justicia, es decir a seguir con el proceso en cuestión, por lo que considera esta Juzgadora que lo ajustado a derecho es concederle la modificación de la presentación periódica de cada ocho días a UNA (01) VEZ AL MES, es decir el día 28 de cada mes, lo cual se hace efectiva a partir del 28 de noviembre del año en curso.-Así de decide.-
CUARTO: En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley: Modifica el periodo de presentación de los acusados JOSE ANTONIO ORTEGA GOMEZ y BOU SAID RODRIGUEZ ANUAR SEBASTIAN, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.720.061 Y 18.835638 respectivamente, dicha presentación quedó modificada de cada OCHO (08) DIAS A UNA (01) VEZ AL MES, en la fecha 28 cada mes, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-Líbrese las respectivas notificaciones y oficios.- Cúmplase.-
La Jueza Segunda de Juicio.-
Abg. América Alejandra Vivas H.
La Secretaria.-
Abg. Lisis Abreu
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria.-
Abg. Lisis Abreu.-
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