REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, treinta de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: XP01-D-2008-000126
Juez: Rossana Foresto de Ventura
Fiscal: Quinto del Ministerio Público
Defensor: Público
Secretaria: Rima kalek
Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA)
Victima: El Estado Venezolano
ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL REVISION DE MEDIDA
En el día de hoy Jueves 30 de Octubre de 2008, siendo las 9:00 de la mañana, se constituyó el Tribunal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en el despacho de la jueza Rossana Foresto de Ventura, la Secretaria del Tribunal Rima Kalek, y el Alguacil Key Gómez, en la oportunidad fijada para realizar la Audiencia para Verificar el Cumplimiento de Medida Cautelar, en la causa que se le sigue a la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Encubrimiento de trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la modalidad de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el articulo 254 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del adolescente, en perjuicio de la Colectividad. Se deja constancia que se encuentran presentes el Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abg. Víctor Meléndez, el abog. Florencio Silva Medina, Defensor Público Quinto Penal adscrito a la Unidad de Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en representación de la Abog. Duviniana Benítez, los adolescentes de autos y su representante legal. El Defensor Público solicita al tribunal se revisara la medida de Presentaciones por lo costoso de ambos imputados. De seguidas el Fiscal Auxiliar Quinto del Ministerio Publico, no se opone en virtud de lo manifestado por los Representantes Legales de los imputados, donde señalan que no cuentan con recursos económicos para trasladarse a esta localidad. En virtud de lo expuesto por las partes, este Tribunal de Control Sección Adolescentes acuerda en cuanto a l adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), con cédula de identidad N° (OMITIDA), se presentara por ante el Comando Policial ubicado en Cabruta- Estado Guarico, los días TREINTA (30) de cada mes; el mismo reside en la siguiente Dirección: BARRIO LA ESTRELLA CASA N° 7, CALLE EL MATADERO, VIVE CON SU PROGENITORA SOILA JOSEFINA VILERA, y en relación a la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), con cédula de identidad N° 22.931.008, se presentara por ante el Comando Policial ubicado en Pijiuao- Estado Bolívar, los días TREINTA (30) de cada mes., la misma reside en la Población de TURIBA, Quedan notificados el Representante Fiscal, la Defensa Pública los adolescentes y los representantes legales de la presente decisión, se acuerda librar oficios al Comando Policial de ubicado en Cabruta- Estado Guarico y al Comando Policial ubicado en Pijiuao- Estado Bolívar, a los fines antes señalados. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 10:0 A.M.
La Jueza de Control Sección Adolescente
Abg. Rossana Foresto de Ventura
El Fiscal Auxiliar Quinto La Defensa
Abg. Víctor Meléndez Abg. Florencio Silva Medina
Los Imputados
(IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA)
Los representantes legales
La Secretaria
Abg. Rima kalek