REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO UNICA-JUEZA UNIPERSONAL Nº 01


EXPEDIENTE Nº: 5.020-S1.-

SOLICITANTE: Abogada CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA, Fiscal Tercera (E) en materia Civil, Protección y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas

MOTIVO: Homologación de Acuerdo de Responsabilidad de Crianza.

SENTENCIA: Interlocutoria.

FECHA: 25 de Septiembre de 2008.
-I-

Se inició el presente procedimiento mediante escrito presentado por la Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Abogada CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA; quien actuando de acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 170, literales “c” y “f” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, promovió la conciliación entre los progenitores del niño RAFAEL AUGUSTO y la niña JHENNEIDER MARIAGRACIA, de dos (02) y cuatro (04) años de edad, ciudadanos NORKA YELITZA SILVA y ELIAS EDICER SISO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.921.056 y V-8.949.493, respectivamente, quienes llegaron a los siguientes acuerdos en relación a la responsabilidad de crianza a favor de sus hijos antes mencionados:

PRIMERO: El ciudadano ELIAS EDICER SISO, ejercerá la custodia del niño RAFAEL AUGUSTO y la niña JHENNEIDER MARIAGRACIA.


SEGUNDO: Estableciéndose en esta audiencia en presencia de la Representante Fiscal que se remitirán las actuaciones al Tribunal competente, para su respectiva Homologación, conforme a los artículos 315, 360, 361, y 363 de la Ley Orgánica para la Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes, es todo.

-II-

En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de responsabilidad de crianza, suscrito por los ciudadanos NORKA YELITZA SILVA y ELIAS EDICER SISO, supra identificados. Cúmplase.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre de 2008. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.



ABG. MILAGROS A. ZAPATA RAMIREZ
JUEZA UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

EL SECRETARIO DE LA SALA


ABG. MARIO A. MARCANO
En esta misma fecha, siendo las 3:30 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia, previo anuncio de Ley.
EL SECRETARIO DE LA SALA


ABG. MARIO A. MARCANO

EXP. Nº 5.020-S1
MZR/MAM/IRIS