REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCCIÓN ADOLESCENTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA DE RESPONSABILIDAD PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 19 de Septiembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2008-000026
ASUNTO : XP01-D-2008-000026

ACTA DE EJECUCIÓN DE SANCIÓN E IMPOSICIÓN DE CÓMPUTO
(Impuesta en esta fecha por incomparecencia del adolescente)

ASUNTO PRINCIPAL: XP01-D-2008-000026
SANCIONADO: (IDENTIDAD OMITIDA)
JUEZA PROFESIONAL: ABG. ESPEC. LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS
SECRETARIO: ABG. RIMA KALEK
DEFENSORA PÚBLICA: ABG. DUVINIANA BENITEZ
FISCAL: ABG. VICTOR MELENDEZ FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO

En esta misma fecha, siendo las 9:00 horas de la mañana se constituyó el Tribunal Único de Primera Instancia para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en el Despacho del mismo de estando presentes la ciudadana Jueza Abg. Luisa Del Valle Cequea Palacios, la Secretaria Abogada Rima Kalek, el fiscal Quinto del Ministerio Público, abg. Víctor Meléndez, la Defensora Pública Abogada Duviniana Benítez, el sancionado y su Representante Legal, y el alguacil Nelson Guzmán a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de efectuar la EJECUCIÓN DE SANCIÓN E IMPOSICIÓN DE CÓMPUTOS al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), suficientemente identificado en autos, en este estado la ciudadana jueza pasa a informarle al adolescente sobre el contenido de la Resolución N° 61 que establece el cómputo de la medida de Libertad asistida por el Lapso de seis (6) meses y por último Reglas de Conducta por el lapso de seis (6) meses le impuso el Tribunal de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del adolescente, el 26 de febrero de 2008 por procedimiento de admisión de los hechos, y que será reformado en virtud de su incomparecencia a las audiencias para su imposición, de acuerdo a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; quedando el mismo de la siguiente manera:

COMPUTO

Descripción de la Sanción

1.- MEDIDA: Libertad Asistida

DURACIÓN DE LA MEDIDA: Seis (6) Meses
FECHA DE INICIO: 22 de Septiembre de 2008
FECHA DE CULMINACIÓN DE LA SANCIÓN: 22 de Marzo de 2009. Esto por no haber dado inicio a la misma y no encontrarse prescrita.

1.- MEDIDA: Reglas de Conducta

DURACIÓN DE LA MEDIDA: Seis (6) Meses
FECHA DE INICIO: 23 de Marzo de 2009
FECHA DE CULMINACIÓN DE LA SANCIÓN: 23 de Septiembre de 2009. Esto por no haber dado inicio a la misma y no encontrarse prescrita.

Este Tribunal una vez impuesta la medida y cómputo respectivo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Se le advierte al adolescente que deberá presentarse junto a sus padres ante el Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial Penal el 22 de Septiembre de 2008 alas 8:30 de la mañana de acuerdo a lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que establece :“Esta medida, cuya duración máxima será de dos años, consiste en otorgar la libertad al adolescente obligándose éste a someterse a la supervisión, asistencia, y orientación de una persona capacitada, designada para hacer el seguimiento del caso. SEGUNDO: Oficiar al Equipo Multidisciplinario a los fines de que informe si el adolescente dio inicio a esta medida. TERCERO :Enviar copia certificada de la presente acta al ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público, de acuerdo a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Es todo, se leyó y conformes firman. Siendo las 10:00 de la mañana culminó la presente audiencia.

La Jueza de Ejecución La Secretaria

Abg. Luisa Cequea Palacios Rima Kalek


Fiscal del Ministerio Público


Abg. Víctor Meléndez


La Defensa Pública

Abg. Duviniana Benítez


El Sancionado Representante Legal

Identidad Omitida Gloria Rosalía Braca