REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO ÚNICA-JUEZA UNIPERSONAL N° 01

PUERTO AYACUCHO, 30 DE ABRIL DEL AÑO 2009
199° y 150°


Vista la anterior solicitud, suscrita por la ciudadana ROSALBA DIAZ YURUAJES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.945.827, y los testigos promovidos y evacuados. En consecuencia, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal N° 01 de la sala Juicio del Tribunal de Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus LUZMILA HERNANDEZ DIAZ, quien era titular de la cedula de identidad N° V-14.565.882, a sus hijos (identidad omitida). Cumplidas las presentes diligencias, devuélvase por Secretaria todo original. Cúmplase.




ABG. MILAGROS A. ZAPATA RAMIREZ.
JUEZ UNIPERSONAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

LA SECRETARIA DE SALA (S)



MIROSLAVA URIBE

SOL. N° 1.219-S1
MZR/MUR/IRIS