REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCCIÓN ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, diecisiete de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: XP01-P-2006-000112

ACTA DE EJECUCIÓN DE SANCIÓN E IMPOSICIÓN DE CÓMPUTO

JUEZA: ABG. ROSSANA FORESTO DE VETURA
SECRETARIO: ABG. RIMA KALEK
DEFENSOR: EDULFO BERNAL
FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. LUIS CORREA
SANCIONADO: (IDENTIDAD OMITIDA)

En esta misma fecha, siendo las 9:00 A.M., se constituye el Tribunal Único en Función de Ejecución de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en el Despacho de la ciudadana Jueza Rossana Foresto De Ventura, la Abg. Rima Kalek, Secretaria de Sala y el Alguacil Israel Fuentes, oportunidad fijada para celebrar audiencia para imposición de computo en el asunto seguido al adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, nacido el día 24-01-91, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° (OMITIDA) , de profesión albañil y estudiante de 4to año en la Escuela (IDENTIDAD OMITIDA) , residenciado por el Barrio (OMITIDA) , hijo de Rodhe Sequera (v), teléfono N° (0414) (OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA) (v), quien reside en el Estado teléfono N° (0416) (OMITIDA) ; por la comisión de los delitos de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO Y VIOLACION, previsto y sancionado en los artículos 416 del Código Penal y 424 ejusdem, 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, 374 ejusdem y 377 ibidem, en agravio de los ciudadanos: ERIKA PAOLA AMAYA RODRIGUEZ y LUKY BARBUDO DOMINGUEZ. Se encuentran presentes el ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público, Abg. Luis Correa, y el adolescente de auto. Se hace constar que la defensa privada representada por el abg. Edulfo Bernal, no se encuentra presente siendo debidamente notificado9 para asistir a la presente audiencia. Verificada la presencia de las partes se da inicio al presente acto, en este estado la jueza informa a las partes que se constituye el Tribunal en virtud de la Imposición del Cómputo. En tal sentido encontrándose presente el adolescente e impuesto ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬de los derechos que le asisten, se deja constancia se le explicó al adolescente sobre el contenido del cómputo, advirtiéndosele sobre la responsabilidad que debe asumir ante este gran compromiso que tiene pendiente con el Estado Venezolano, que debe mejorar su conducta y que se le seguirá dando un trato de acuerdo a la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, es decir, que este Tribunal respetará sus derechos y garantías y que debe demostrar su responsabilidad en la ejecución de estas sanciones, Garantizándosele su derecho de palabra se le impuso al adolescente sobre el artículo 49 ordinal 5to y demás generales de ley explicándosele el motivo de la presente audiencia quien manifestó: Que recibió el computo y estoy de acuerdo, de igual manera solicito se al Tribunal designe un defensor público, en virtud que no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios profesionales de un Defensor Privado. En consecuencia PRIMERO: Vista la solicitud realizada por el sancionado (IDENTIDAD OMITIDA) , venezolano, titular de la cédula de identidad N° (OMITIDA) , este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, y se ordena librar oficio a la Unidad de Defensa Publica para que designe un defensor Público. Líbrese lo conducente. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimiento a lo acordado en la presente audiencia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTES

ABG. ROSSANA FORESTO DE VENTURA

El Fiscal Quinto

Abg. Luis Correa


El sancionado

(IDENTIDAD OMITIDA)
La Secretaria

Rima Kalek