REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 16 de Diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2008-000003
ASUNTO : XP01-P-2008-000003


AUTO DE SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES IMPUESTAS POR SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO.-


En fecha 11-03-2008, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en función de Control, le otorgó al imputado JUAN NICOLAS PEREZ, la Medida Alternativa de la Prosecución de Proceso SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con el articulo 42, 43, 44 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándole régimen de prueba con el cumplimiento de las siguientes condiciones: “… CUARTO: Se decretan a favor del imputado las siguientes medidas de conformidad con el art. 44 del Código Orgánico procesal Penal: 1. Residir en el estado Amazonas Barrio el Polígono, detrás de la cancha, cerca de la familia ortega, casa color amarilla telf. 0248-8094311. en caso de que hubiere cambio de dirección tendrá la obligación de informar a este tribunal sobre la nueva dirección 2. Prohibición de visita a la niña en su residencia, sitio de estudio o cualquier otro lugar que comprenda su núcleo familiar. 3.) Debe someterse a un tratamiento Psicológico, el cual deberá cumplirlo el día martes 18 de marzo de 2008, para lo cual se oficiara al Hospital Dr. José Gregorio Hernández 4.) Deberá mantenerse en su empleo, en caso que se separe del mismo deberá informar a este juzgado. 5.) Tendrá la responsabilidad de otorgarle un sustento mensual a la niña Adamaris López, el cual deberá ser depositado en la cuenta de la medre de la misma Maria Nazareth López, la misma se deberá suministrar el numero al menor tiempo posible. 6) Presentación cada 30 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial a partir del día 12 de marzo del 2008, las condiciones a quien establecidas deberán cumplirse en el periodo de 1 año y seis meses contados a partir de día 12 de marzo de 2008. QUINTO: Se designara un delegado de Prueba, para ello se oficiara al Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su designación y vigile el cumplimiento de las condiciones ya mencionadas.

En fecha 02-12-2009, se realiza Audiencia para la VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES IMPUESTAS, la cual se desarrollo de la siguiente manera:
Se deja constancia que se encuentra presente la Fiscal Quinta del Ministerio Público Abogado Yraima Azavache, igualmente se encuentra presente el acusado de autos y la víctima.
Se deja constancia de la incomparecencia de la Defensa Privada Abg. Magno Barros .El acusado de autos solicita a este tribunal se revoque de su defensa al Abg. Magno Barros y solicita a este Tribunal se designe un Defensor Publico para su representación en este acto; en vista de ello y en aras de una buena administración de justicia y en cumplimiento los principios establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal relativos al derecho a la defensa se procede de manera urgente comunicarse con la Defensoria Publica a solicitar el nombramiento de un Defensor Publico, asistiendo a este acto el Defensor Publico Primero Abg. Eliézer Hernández, quien jura cumplir con la Ley y con todos los actos del proceso para los cuales e designa el ciudadano JUAN NICOLAS PEREZ,
Toma la palabra ala victima ADAMARIS LOPEZ CAIDANA quien expone que el ciudadano ha cumplido a cabalidad con todas las medidas acordadas por este tribunal,
Ahora bien, verificado como ha sido en la audiencia respectiva y por cuanto el citado imputado ha cumplido a cabalidad con las condiciones impuestas por este tribunal en la oportunidad de celebrarse la Audiencia Preliminar en la cual el mismo hizo uso de la Medida Alternativa de Prosecución del Proceso SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, lo mas ajustado a derecho es decretar el SOBRESEIMIENTO del presente asunto de conformidad con el articulo 318 numeral 3 en concordancia con el articulo 48 numeral 7 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-Así se decide.-

En consecuencia, este Tribunal de Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda:

PRIMERO: Decretar la cesación de la Medida Alternativa de la Prosecución del Proceso SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, por el cumplimiento de las condiciones impuestas al acusado JUAN NICOLAS PEREZ, que según decisión de fecha 11 de Marzo de 2008, el lapso de prueba es por el periodo de UN AÑO Y SEIS MESES, comenzando el mismo el 12 de Marzo de 2008 y culmina el 12-09-2009, de conformidad con lo establecido en los artículos 44 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 45 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes.- Así se decide.-

SEGUNDO: En virtud del cumplimiento del Régimen de Prueba impuesto en fecha 11-03-2.008 por el lapso de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, cumplido este el 12-09-2.009, se decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad a lo establecido en el articulo 45 en concordancia con el artículo 318 numeral 3 ejusdem concatenado con el articulo 48.7 todos del Código Orgánico Procesal Penal, y revisadas como han sido las presentes actuaciones, se ordena la remisión del presente asunto al ARCHIVO JUDICIAL, para su guarda y custodia.-Así se decide.-Libérense los oficios y notificaciones correspondientes.- Cúmplase.-
La Jueza Tercera de Control.-

Abg. América Alejandra Vivas H.

La Secretaria.-

Abg. Anggi Medina.-
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria.

Abg. Anggi Medina.