REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 19 de enero de 2009
198° y 149°
Vista la diligencia presentada por el profesional del derecho ABIMELECH MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.841, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ELCAR GONZALEZ MIRABAL, mediante la cual manifiesta que le fue cancelado en su totalidad el monto correspondiente a las costas procesales, y solicita se deje sin efecto la práctica de la experticia acordada, este Tribunal admite la diligencia antes señalada, en consecuencia ordena dejar sin efecto la solicitud de experticia complementaria del fallo para el cálculo de las costas procesales. Y por cuanto de autos se evidencia que en fecha 08 de diciembre de 2008, mediante auto se ordenó el reintegro de la cantidad ofrecida a la apoderada judicial de la parte actora, en virtud de la sentencia declarada sin lugar por este Tribunal y confirmada por la Corte de Apelaciones de esta Circunscripción Judicial, se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,
Ana Carolina Calderón
La Secretaria,
Zaida Mendoza
Exp. Nº 07-6579
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