ASUNTO PRINCIPAL : XK01-P-2008-000003
ASUNTO : XK01-P-2008-000003
Definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, de fecha 18 de Noviembre de 2008, mediante la cual ABSUELVE a los ciudadanos PEDRO RAFAEL CAÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 15.245.440, PRAGEDES RAMON MOLINA CAÑA. venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 16.747.495 y FRANCIS EDUARDO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 15.246.363, del delito de ENCUBRIMIENTO previsto y sancionado en el artículo 254 del Código Penal en concordancia con los artículos 217 y 218 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y decreta la libertad plena de los referidos ciudadanos, este Juzgado OBSERVA que lo procedente y ajustado a Derecho es decretar la libertad plena del ciudadano PEDRO RAFAEL CAÑA, PRAGEDES RAMON MOLINA CAÑA. y FRANCIS EDUARDO SANCHEZ por Absolutoria dictada, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
En razón a las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley OTORGA la Libertad Plena a los ciudadanos PEDRO RAFAEL CAÑA, titular de la cédula de identidad N° 15.245.440, PRAGEDES RAMON MOLINA CAÑA. titular de la cédula de identidad N° 16.747.495 y FRANCIS EDUARDO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.246.363; de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal y DECRETA el Archivo Definitivo de la presente causa, Regístrese. Notifíquese del presente archivo a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público, a los penados y a la Defensa. Asimismo remítanse las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal a la Oficina de Archivos Judiciales.-
La Juez de Ejecución,
Marilyn De Jesús Colmenares.
La Secretaria,
Natacha Silva
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