REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCCIÓN ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, veintiuno de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO: XP01-P-2006-000479

ACTA DE AUDIENCIA POR CESACIÓN DE SANCIÓN
MEDIDA DE SEMI- LIBERTAD Y LIBERTAD ASISTIDA

En esta misma fecha , siendo las 9:00 AM, se constituye el Tribunal Único en Función de Ejecución de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en el Despacho de la juez de este Circuito Judicial Penal con la presencia de la Jueza LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS, la Secretaria Abog. Rima Kalek, y el Alguacil Ernesto Meléndez, oportunidad fijada para celebrar AUDIENCIA ESPECIAL POR CESACIÓN DE LA SANCIÓN en el asunto seguido al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Puerto Ayacucho, nacido el 23 de Febrero de 1989, residenciado en el Barrio (IDENTIDAD OMITIDA), hijo de (IDENTIDAD OMITIDA) (v) y (IDENTIDAD OMITIDA) (v), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 455 concordado con el artículo 77 numerales 11 y 12 ambos del Código Penal Vigente, medida establecida: teniendo la sanción de LIBERTAD ASISTIDA un lapso de duración de UN (1) AÑO, se evidencia que ha CUMPLIDO de una manera responsable por lo que este Tribunal procede a decretar de conformidad con el artículo 647 Literal h) la cesación de la sanción de semi-libertad por ocho (8) MESES y la de libertad Asistida por el lapso de UN (1) AÑO, prevista en el artículo 626 y 627 de la Ley Orgánica Para Protección del Niño y del Adolescente, evidenciándose así el cumplimiento de la sanción impuesta al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), antes identificado. Siendo las 10:15 AM se da inicio a la audiencia a esta hora por fallas en el sistema JURIS 2000 y en el sistema WINDOW y verificada la presencia de las partes se encuentran presentes el Abogado Víctor Meléndez, Fiscal Quinto del Ministerio Público, la Abogada Duviniana Benítez Maldonado, titular de la cédula de identidad N V-11.223.098, Defensora Pública Primera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Amazonas, el adolescente y su representante, en este estado la ciudadana jueza pasa a imponer al efebo en referencia de la Resolución N° 102 dictada en fecha16 de Diciembre de 2008 donde se decreta la CESACIÓN DE MEDIDA correspondiente al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA),. Una vez impuesta la misma se le otorgó la palabra al ciudadano fiscal del Ministerio Público quien alegó: no tiene nada que decir -Así mismo a la ciudadana defensora: no tiene nada que decir. Escuchado los alegatos de las partes en esta audiencia, este Tribunal Único en Función de Ejecución para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: LA CESACIÓN DE LA SANCIÓN de “SEMI-LIBERTAD” y “LIBERTAD ASISTIDA”, conforme al artículo 627 y 647. “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que cumplía el Adolescente sancionado, (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Puerto Ayacucho, nacido el 23 de Febrero de 1989, residenciado en el Barrio (IDENTIDAD OMITIDA), hijo de (IDENTIDAD OMITIDA) (v) y (IDENTIDAD OMITIDA) (v), tal como consta en la Resolución impuesta. Es todo. Terminó, siendo las 10:29 am., se Leyó y conformes firman
LA JUEZA DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTE


ABG. LUISA CEQUEA PALACIOS

El Fiscal del Ministerio Público


Abg. Víctor Meléndez

La Defensa Pública


Abg. Duviniana Benítez


El adolescente


(IDENTIDAD OMITIDA),

La Secretaria


Rima Kalek