REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCCIÓN ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, doce de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2006-000318
ASUNTO : XP01-P-2006-000318

ACTA DE DIFERIMIENTO
AUDIENCIA ESPECIAL PARA VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE MEDIDA

JUEZA: ABG. ROSSANA FORESTO DE VETURA
SECRETARIO: ABG. RIMA KALEK
FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. LUIS CORREA
DEFENSORA PÚBLICA: ABG. FLORENCIO SILVA
SANCIONADO: (IDENTIDAD OMITIDA)


En esta misma fecha, siendo las 8:30 A.M., se constituye el Tribunal Único en Función de Ejecución de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en el despacho de la Juez de este Circuito Judicial, con la presencia de la ciudadana Jueza abogada ROSSANA FORESTO DE VENTURA, la Abg. Rima Kalek, Secretaria de Sala y el Alguacil Nelson Niño, oportunidad fijada para celebrar AUDIENCIA ESPECIAL PARA VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE MEDIDA en el asunto seguido al adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), por la comisión de los delitos de: HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en agravio de la ciudadana: NEYLA IRLENE MARTINEZ TORRES y APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotor, en agravio de la colectividad; se encuentran presentes el Abg. Luis Correa, en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público, la abogada Duviniana Benítez, Defensora Pública Primera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Amazonas, verificada la presencia de las partes se hace constar que el adolescente de auto no compareció, en consecuencia se acuerda conceder un lapso de espera de treinta (30) minutos, siendo las 9:00 de la mañana y verificada la presencia de las partes se observa que aún no ha comparecido el adolescente y/o su representante legal. En consecuencia este Tribunal Único de Primera Instancia para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas. PRIMERO: Vista la incomparecencia del adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), se acuerda diferir la Audiencia para la verificación de la medida que le fuera impuesta para el día 25 DE JUNIO DE 2009 A LAS 8:30 DE LA MAÑANA, cuya fecha fue tomada en consideración a la agenda única llevada a los fines de garantizar la presencia de las partes en la oportunidad para que se realice la audiencia, para lo cual quedan convocadas las partes presentes y se acuerda librar la respectiva boleta de citación dirigida al adolescente quien deberá comparecer a la audiencia debidamente acompañado de su Representante Legal. Quedan notificadas las partes con la lectura y la firma de la presente acta, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se declaró concluida la audiencia siendo las 9:10 AM., es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTE

ABG. ROSSANA FORESTO DE VENTURA

El Fiscal Quinto La Defensa Pública

Abg. Luis Correa Abg. Duviniana Benítez

La Secretaria

Rima Kalek